Los hechos se remontan al año 2020, y son referidos por la asociación AUGC. Un Guardia Civil solicitó una reducción de jornada para el cuidado de sus hijos y aportó el horario de trabajo de su esposa, para justificar el horario de reducción que solicitaba.
El Comandante de la Unidad estimó sólo parcialmente la solicitud. Lo que provocó una reclamación ante los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia, estimó la petición presentada por el agente, debido al silencio administrativo, al no haberse resuelto la solicitud en plazo.
Desde entonces, según la asociación, el Guardia Civil fue víctima de constantes ataques, llegando a notificar por escrito amonestaciones “verbales”.
El mando referido recurrió a la vía penal militar por medio de un escrito en el que informaba de unos supuestos “rumores que le llegaron a través de sus mandos y de su enlace”.
Así se abrieron diligencias contra el Guardia Civil, quien aportó todas las pruebas y tuvo que asistir como acusado al juicio celebrado el pasado día 2 de febrero.
La St del Tribunal Militar da la razón al Guardia Civil con los siguientes argumentos:
“lo cual supone que, a la fecha en que se dictó la resolución concediendo la reducción de jomada, la cónyuge del procesado se encontraba trabajando desde hacía varios meses, que cuando presentó el certificado con fecha de 27 de enero, ya se encontraba realizando tareas de preparación y acondicionamiento del local de peluquería, y que en dicho certificado, y basta con su lectura, se dice únicamente cuál es el horario de trabajo, sin hacer mención alguna a fechas de inicio de la actividad laboral. (…)
Por otra parte, de las actuaciones no se desprende que dicha persona no estuviese trabajando en el período del 27 de enero al 7 de febrero, sino que no tramitó su alta en el régimen de autónomos hasta el 7 de febrero (disponía de un mes para hacerlo), que es cuestión distinta. Además, no podemos desconocer que los efectos de la resolución administrativa concediendo la reducción de jornada no se retrotraen a la fecha de presentación de la solicitud, sino que la reducción de jornada surtió efectos a partir del 1 de julio de 2020, y que cuando el interesado presenta la solicitud, es informado de que el plazo de resolución es de hasta tres meses, por lo que la probabilidad de que cuando su instancia se resolviese, su mujer se iba a encontrar trabajando, era más que previsible, como así fue.”
Según la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) la utilización de la Justicia Militar por parte del mando es un ejercicio de venganza ante un subordinado. La sentencia recoge en los argumentos que el mando no ha sido capaz de cumplir sus obligaciones y dictar una resolución en plazo y tras quedar en evidencia, pretendía anular el derecho reconocido por el Tribunal Superior de Justicia, utilizando de modo retorcido la justicia militar.