La conductora de un patinete eléctrico se vio implicada en un accidente con un turismo esta mañana en Pontevedra. Los hechos ocurrieron sobre las 09:00 horas en la rotonda entre la calle de la Estación y la Avenida Josefina Arruti en un momento de flujo ralentizado de vehículos por la hora punta y el desarrollo de las obras de reforma de la estación de autobuses.
La colisión se produjo en el momento en el que la conductora del patinete, que circulaba por el interior de la rotonda, giró a su derecha impactando contra un turismo. Este accidente no dejó heridos graves pero si muchas cuestiones legales por resolver, tanto por parte de las autoridades locales como de la propia DGT que ha pasado de puntillas respecto a la regulación de los VMP (vehículos de movilidad personal).
Este accidente, como muchos otros anteriores, se pueden desencadenar debido al desconocimiento total y absoluto que puede tener el piloto de un patinete eléctrico sobre las normas básicas de circulación.
Es paradójico que el piloto de un vehículo propulsado por un motor eléctrico que puede alcanzar los 25 km/h, pueda circular por la carretera sin necesidad de la autorización administrativa para conducir ni para circular. La normativa vigente tampoco obliga a tener una póliza de seguro contratada.
Por si fuera poco, estamos ante un medio de trasporte que carece de señalización alguna para efectuar maniobras como la que motivó esta colisión. Un vehículo cualquiera que circula por un tramo de carretera urbano como este, dispone de medios de señalización obligatorios para anticipar su maniobra al resto de conductores.
No sucede así con los VMP, que además de carecer de medios acústicos o luminosos, su propio diseño y funcionamiento imposibilita al conductor para señalizar una maniobra de incorporación mediante gestos como así lo hacen los ciclistas arriesgándose a perder el control y aceleración del vehículo.
A día de hoy, no existe una regulación en el Reglamento General de Circulación que obligue al uso de casco u otros elementos de protección por parte de los conductores de los VMP. En este sentido, la propia DGP ha derivado toda responsabilidad en la correspondiente Ordenanza Municipal.
En el caso de Pontevedra y otros cientos de ayuntamientos, no existe una Ordenanza regule el uso obligatorio de casco. De haberla, el piloto se enfrentaría a una sanción de 200 € según el art. 118.1 del RGC. Incluso el agente podría proceder a la inmovilización del vehículo de acuerdo con el artículo 104.1.c) del texto refundido de la Ley de Seguridad Vial.
Pontevedra es una ciudad que destacó en los últimos años por su proyecto de “humanización”. Se conoce así al programa urbanístico del ayuntamiento que pasa por peatonalizar el centro urbano alejando así el tráfico rodado hacia la periferia.
Pero sobre las nuevas baldosas y adoquines de esta ciudad, que es paso del Camino de Santiago, no solo caminan peatones y peregrinos sino también patinetes a gran velocidad convirtiendo el centro de la ciudad en una nueva autopista de VMP. Esto genera grandes quejas en la ciudad del Lérez por parte de los viandantes rebasados a gran velocidad por este tipo de vehículos.
Al respecto, recordemos que los VMP tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 €, con las matizaciones que puedan establecer las Ordenanzas Municipales.