Los hechos ocurrieron el pasado jueves. Un joven de 18 años agredió sexualmente a una niña de nueve.
La menor se hallaba en un establecimiento de comida rápida, muy frecuentado por menores. En el centro de Huesca.
El joven la agredió sexualmente, el viernes pasó a disposición judicial y fue ingresado en prisión.
Artículo 181 cp
1. El que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado con la pena de prisión de dos a seis años.
A estos efectos se consideran incluidos en los actos de carácter sexual los que realice el menor con un tercero o sobre sí mismo a instancia del autor.
2. Si en las conductas del apartado anterior concurre alguna de las modalidades descritas en el artículo 178.2 y 3, se impondrá una pena de prisión de cinco a diez años.
3. El órgano sentenciador, razonándolo en sentencia, en atención a la menor entidad del hecho y valorando todas las circunstancias concurrentes, incluyendo las circunstancias personales del culpable, podrá imponer la pena de prisión inferior en grado, excepto cuando medie violencia o intimidación o se realice sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, o concurran las circunstancias mencionadas en el apartado 5 de este artículo.
Buenas noches lo que teniais que hacer era una castracion sin anestesia.