Condenado a siete años de inhabilitación un exsecretario del Ayuntamiento de Aielo de Malferit (Valencia) por amañar unas oposiciones para darle una plaza a la hermana del alcalde
La Audiencia provincial le considera cooperador necesario en un delito de prevaricación
La Sala absuelve a la que era concejal de Personal al entender que no ha quedado probado que conociera la ilegalidad de las resoluciones que firmó
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a siete años de inhabilitación para empleo o cargo público a un exsecretario del Ayuntamiento de Aielo de Malferit, como cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa, por amañar un concurso de oposiciones a fin de otorgar una plaza de administrativa a la hermana del entonces alcalde.
La Sala ha absuelto en cambio a la que fuera concejal de Personal en el momento de los hechos, para la que la Fiscalía solicitaba una pena de diez años de inhabilitación como autora de un delito de prevaricación, porque considera que no ha quedado probado que firmara las resoluciones de adjudicación de las plazas con conocimiento de que las mismas estaban fuera de la ley.
Los hechos comenzaron en 2010, cuando un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valencia anuló un procedimiento de selección para dos plazas de administrativo municipal porque una de las aspirantes era hermana del alcalde, entre otras razones. La sentencia resolvía que el primer edil debía abstenerse durante el proceso de selección.
Como consecuencia de la anulación, el Ayuntamiento de Aielo delegó un nuevo procedimiento para la provisión de esas plazas en la concejal de Personal, quien suscribió y aprobó en 2012 las resoluciones que redactó y de las que informó el condenado, en aquel momento secretario municipal acumulado.
Según la Audiencia Provincial, durante esta nueva tramitación del procedimiento se produjeron ilegalidades con las diferentes resoluciones, que no se publicaron en el BOE, ni se cumplieron los plazos legales, ni se efectuaron las pruebas de selección, “simulando un procedimiento administrativo que en ningún momento tuvo lugar”.
La Sala mantiene que el penado sabía que las resoluciones “eran radical y absolutamente contrarias a derecho al prescindirse del procedimiento legal” con el “único propósito” de lograr el nombramiento de la hermana del alcalde como funcionaria de carrera. Añade el Tribunal que la concejal delegada no conocía el alcance de las resoluciones ni de su ilegalidad.