Un ciudadano de Segovia ha sido condenado a seis meses de prisión y a una pena de multa de 180€ por agredir y amenazar de muerte a dos guardias civiles mediante un control rutinario de vehículos. Además, tendrá que resarcir a los agentes con una indemnización en virtud de las lesiones sufridas a uno de ellos de 1.208,85€ a uno de ellos y 210€ al otro.
El delito de atentado contra agentes de la autoridad se encuentra tipificado en el artículo 550 CP, barajando penas de prisión de seis meses a tres años. “Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”.
Si el agresor pretende eludir la condena de cárcel impuesta, deberá resarcir ineludiblemente a los guardias civiles.
Este tipo de sentencias ejemplarizantes son bien recibidas por parte de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En demasiadas ocasiones sufren insultos e incluso agresiones en el cumplimiento de sus funciones, y sin embargo, las penas impuestas en sede judicial son irrisorias.
Abogamos por una protección jurídica eficaz y proporcional de nuestros agentes, fundamental en aras de la seguridad de todos, el orden público y el buen fin de sus intervenciones.