Se unifican los criterios para que el personal de seguridad pueda identificarse con su TIP a la hora de tramitar denuncias, evitando así aportar sus datos particulares.
Tal y como informa CCOO de Construcción y Servicios de Cantabria, la Delegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria, le da la razón y ha unificado criterios para evitar que el personal de seguridad deba aportar sus datos personales a la hora de formular denuncia con ocasión de su trabajo.
En un informe de la Delegación del Gobierno en Cantabria, instruido por la Unidad Central de Seguridad Privada de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana de Madrid, se establece que los vigilantes de seguridad privada puedan identificarse con su Tarjeta de Identificación Profesional a la hora de tramitar denuncias ante la Policía o la Guardia Civil, no teniendo por tanto que aportar sus datos personales.
Según la noticia de CCOO de Construcción y Servicios de Cantabria, hasta ahora, las FFCCSE en Cantabria, no se admitía la TIP de los vigilantes como identificación para el personal de seguridad privada, por la existencia de cierta confusión o desconocimiento, sobre si la TIP tenía la validad necesaria o no.
Al constar los datos personales del vigilante de seguridad en los atestados, quedaban al alcance de los delincuentes y sus abogados, lo que ha llegado a provocar represalias por parte de los denunciados al tener los datos personales del vigilante, tales como teléfono, domicilio o nombre de los padres.
Esto ha llegado a ocasionar situaciones como vehículos particulares arañados o cartas amenazantes en sus buzones.
La Ley 5/2014 de Seguridad Privada (Art. 27.2, párrafo 2) señala que “La tarjeta de identidad profesional constituirá el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras se encuentra en el ejercicio de sus funciones profesionales”.