El pasado martes, 29 de agosto, un conductor de un patinete eléctrico fue interceptado por Mossos. Dio positivo en un control de alcoholemia. Los hechos ocurrieron Vilanova y la Geltru
Detectem en una carretera interurbana de Vilanova i la Geltrú el conductor d’un patinet que va donar positiu a la prova d’alcoholèmia. El denunciem i li retirem el patinet pic.twitter.com/OoSTf9h9Cu
— Mossos (@mossos) August 29, 2023
Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre sobre Vehículos de Movilidad Personal, el cual especifica que:
- Los patinetes eléctricos serán considerados como vehículos. Si no superan los 25 km/h no serán establecidos como vehículos de motor y no precisarán de matrícula, permiso de circulación o seguro (en el caso de particulares).
- La velocidad para Vehículos de Movilidad Personal (VMP) deberá estar comprendida entre los 6 y los 25 km/h, salvo si se usan para competición o en el caso de vehículos para personas con movilidad reducida.
- Los patinetes eléctricos no podrán circular por vías interurbanas, zonas peatonales, aceras, pasos de travesías, autovías, autopistas o fuera de las ciudades.
- Esta nueva normativa de la DGT no contempla el uso obligatorio de casco para utilizar VMP. No obstante, el uso del casco y/o de otros elementos de protección podrá ser exigido en función de la Ordenanza Municipal correspondiente a cada localidad en la que se vaya a circular.
- Por otro lado, no será obligatorio por el momento un seguro (para particulares) ni un carnet por puntos para poder circular con alguno de estos vehículos. Sin embargo, los conductores de VMP podrán ser sometidos a controles de alcoholemia.