A mediados de agosto de 2020 el arqueólogo de la localidad de Gilena (Sevilla), alertó a la Guardia Civil de la supuesta localización del fragmento de una tumba paleocristiana del siglo IV d.C, en el que aparecía representada la escena bíblica de “Daniel en el foso de los leones”.
Según su testimonio, este fragmento de sepulcro que ahora aparecía expuesto en una galería malagueña, debía ser el mismo del que se tenía noticia que había aparecido hacía más de veinte años en Gilena, durante una remoción del terreno efectuada para el cultivo agrícola. Cuando fue extraído este fragmento, hubo varios testigos presenciales que pudieron ver el relieve ahora recuperado.
Iniciada la investigación policial, denominada Operación Sátrapas, se intervino cautelarmente el fragmento en la galería malagueña donde se encontraba expuesto. El propietario de la galería manifestó haberlo adquirido legalmente en octubre de 2014 a otro anticuario que reside en Barcelona.
Según figuraba en la factura de venta en relación con la procedencia de este fragmento, el anticuario catalán indicaba vagamente que provenía de una “Antigua colección Europea”, sin poder acreditar documentalmente la compra del fragmento, ni tan siquiera poder indicar el país europeo de adquisición, a pesar de que se trataba de una compra realizada en el año 2014.
Una vez que se intervino a nivel policial se solicitó su intervención a nivel judicial, así como el traslado del relieve al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico (IAPH), donde se realizó un informe pericial de la composición del material, elaborado por varias unidades técnicas del referido Instituto. Este estudio petrográfico del soporte confirma la autenticidad de una pieza paleocristiana del siglo IV, d.C., y concluye “que la pieza estudiada ha utilizado un material local para su elaboración”, además de revestir un “gran interés histórico-arqueológico, artístico y museístico”.
Casualmente, dos meses antes de la denuncia, el Ministerio de Cultura, tras haber requerido la realización de un informe por el Museo Arqueológico Nacional (MAN), denegó de manera definitiva la exportación de este fragmento de tumba paleocristiana “por tratarse de una obra que por sus características fue realizada sin duda en la Bética entre los siglos V y VI, y respecto de la cual no se puede tener constancia fehaciente de la fecha de su hallazgo”.
Una vez finalizada la instrucción, la titular del Juzgado ordenó el depósito del relieve con carácter definitivo en el IAPH.
La Guardia Civil recuerda la necesaria colaboración entre instituciones para prevenir el expolio
La localización, intervención cautelar y posterior estudio de esta pieza ha requerido la colaboración activa entre instituciones, dirigida a determinar la verdadera procedencia de un objeto de carácter arqueológico, con los habituales desafíos que presentan las piezas que han sido halladas tras una excavación o expolio. Conocer el verdadero origen y contexto en el que una pieza ha sido hallada no es fácil cuando no se dispone de documentación que ampare la auténtica procedencia.
En muchas ocasiones aparecen en el mercado legal del arte objetos que no están suficientemente documentados, amparados en antiguas colecciones de las que no se tenía noticia alguna, en manos de coleccionistas ya fallecidos, a veces descritos únicamente con sus siglas y amparadas con facturas que no reúnen los mínimos requisitos legales para surtir efecto en el tráfico comercial. Además, en muchos casos se solicitan los permisos de exportación de estas piezas, lo que requiere un esfuerzo por parte de la administración central y autonómica, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad, para prevenir la salida de nuestro país de objetos de los que se sospecha su lícita procedencia.
Las personas que comercian con obras y objetos de arte tienen la obligación legal de registrar en los libros de policía los bienes con los que comercian, además de ser sujetos obligados en la legislación que previene el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Estas obligaciones deben ser ejercidas en evitación de que afloren en el mercado legal del arte objetos que pudieran provenir del expolio en nuestro país o en terceros países.
La operación ha sido llevada a cabo por la Sección de Patrimonio Histórico de la UCO y dirigida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Estepa (Sevilla).