La Policía en este período sufrió muchos vaivenes, porque se ajustaron a las circunstancias en que tuvo que desempeñar su labor. Comenzaremos con la obra del brigadier José Martínez San Martín, nombrado Superintendente General de Policía el 12 de octubre de 1832, que se mantuvo en el cargo hasta 26 de marzo de 1833, es decir, unos cinco meses. La lucha entre los magistrados y los militares por hacerse con el control de la Policía se decantó desde la llegada a la Superintendencia General del brigadier Martínez San Martín hacia los militares. De hecho, al poco tiempo de su toma de posesión, comenzaron a hacerse cargo de las subdelegaciones principales de policía, que coincidían con el territorio de las Capitanías Generales, los capitanes generales de cada una de ellas.
Nos vamos a detener en tres tomas de posesión, porque creemos que tienen una singular importancia para los acontecimientos que vendrían a continuación. Una, es la de José María Santocildes en Valencia, la otra, la de Manuel Llauder en Cataluña, y, finalmente, la última se produce en Granada, la del Marqués de las Amarillas. Las recogió la prensa con bastante alarde de tipografía.
Hay, sin embargo, una cuestión previa, que dejó muy clara Llauder en su circular a los Jueces de Policía que explica tanto su enfrentamiento posterior con Javier de Burgos como su actuación en Navarra, de la que en ese momento era virrey y capitán general. También se puede rastrear en la toma de posesión del Marqués de las Amarillas. Esa idea era ésta: “El instituto de la Policía, que siempre ha estado ligado por nuestras leyes unido al ejercicio de la potestad real…”[1]. Él la ejercía, por lo tanto en calidad de representante, como aseguraba en las primeras líneas de su circular a ejercer las facultades de policía en Navarra en cuanto representante del Rey en aquel Reino, (“representan además en ella la Real Persona de S.M.), Si éste era el orden normal de las cosas y lo mejor para el servicio de su Majestad la anterior situación, la independencia de la policía con respecto a los capitanes generales y su dependencia de los magistrados de justicia alteró tanto ese orden natural como lo haría después la reforma de Javier de Burgos al intentar poner en pie una administración civil completamente independiente de los mismos capitanes generales.
En la proclama del Marqués de las Amarillas queda algo más oscurecida esta argumentación, pero es posible detectarla cuando afirma: “El Gobierno de S. M. la tiene (a la Policía) y la necesita para vigilar sobre la tranquilidad pública, prevenir los delitos y libertar al país de convulsiones y desórdenes”. Justamente esas eran las tareas que venía desempeñando el Rey a través de los capitanes generales en el Antiguo Régimen y que habían permanecido inalteradas también en la Constitución de 1812. Por ello, “la Policía manejada con tino y cordura es un arma defensiva y tutelar…” ¿Quiénes serían los únicos capaces de manejarla de esa forma? Ni qué decirse tiene la respuesta unánime de los tres: los capitanes generales.
Sin embargo, hay que hacer constar que esta era una verdad o una falsedad a medias, depende del punto de vista desde el que se mire. Era verdad por lo que respecta al mantenimiento del orden público, pero no lo era en cuanto a la prevención y persecución de los delitos, de lo que estaba encargada la Justicia ordinaria. Esta segunda parte servía de fundamento a los magistrados para reclamar en su favor el control de la policía y su tenaz oposición a que se independizara de ellos. Como se ha hecho notar más arriba, también se sustrajo a la Justicia ordinaria el conocimiento de algunos delitos a favor de tribunales militares (consejos de guerra).
Manuel Llauder, capitán general de Navarra, destituyó como primera medida al anterior subdelegado principal en Navarra, que lo era D. Manuel Leonardo Vizmanos. Encargaba a los Jueces de Policía que velaran por la conservación de la tranquilidad y el orden, “sin escrudiñar más allá de lo que seguridad y el orden exigen”. Estarían atentos a descubrir cualquier tipo de maquinación “que en cualquier sentido pudiera emplearse para perturbar el sosiego general o particular”[2].
El Marqués de las Amarillas, capitán general de Granada, después de hablar del objeto de la Policía como institución que debe actuar con sigilo y precaución sin incomodar a nadie “y sólo en el momento de irse a cometer el delito aparecer como la fuerza de su resorte y prevenir por su medio que llegue a consumarse”. La Policía debería luchar contra todos los que alterasen la tranquilidad pública con independencia de cuáles fueran las opiniones de esos alteradores. Deberían cuidarse mucho las formas de actuación. Terminaba con esta seria advertencia a sus subordinados:
“Acostumbrado por mi carrera a hacerme obedecer ciegamente, y a proceder sin detención contra cualquiera que se aparte del pronto y estricto cumplimiento de mis disposiciones, los empleados de policía de las Subdelegaciones a mi cargo deberán tener entendido procederé del mismo modo con ellos; y así como sostendré y protegeré con toda mi autoridad e influjo a aquel que cumple bien, seré inexorable con el que obre mal, y se desvíe en el cumplimiento de su deber de los principios que acabo de establecer”[3].
José María Santocildes, capitán general de Valencia, es la más breve de las tres, pero no es menos interesante. La primera parte, la más amplia, la dedicó a clasificar en grupos a los enemigos del trono: el primero, los que conspiraban en secreto; el segundo, los que conspiraban abiertamente a favor de Don Carlos y el tercero, lo formarían los que se dedicaban a difundir “especies subversivas”. A todos ellos les libró del terrible castigo que les tenía preparado el decreto de amnistía de la Reina Gobernadora.
Terminaba con estas amenazas:
“Con tal objeto recomiendo a V.S. que con la mayor eficacia redoble su celo y vigilancia a fin de descubrir los autores o agentes de estas secretas maquinaciones previniendo a V. S. que, si a consecuencia de mis investigaciones privadas llegase yo a encontrar en la jurisdicción de su mando el foco de las ramificaciones de tan horrible trama sin que antes lo haya V.S. conseguido o puesto en mi conocimiento, le hago a V. S. responsable de esta falta con pérdida de su destino, sin perjuicio de que en fuerza de mis facultades y de las atribuciones acumulativas de este ramo que regento, será castigado de una manera más sensible todavía, todo aquel que por descuido u omisión diere lugar a que se hagan ilusorias tantas providencias adoptadas por mí para conseguir que no sea alterada la tranquilidad pública y que se respeten ciegamente las soberanas disposiciones”[4].
Esta misma situación de emergencia se volvió a vivir un año después con la muerte del Rey Fernando VII y en los comienzos de la Primera Guerra Carlista. Alguno de estos capitanes generales protagonizó un duro enfrentamiento con el gobierno a cuenta de las reformas administrativas de Javier de Burgos que terminaron con la caída de Cea Bermúdez.
¿Quién hizo más por politizar a la policía que los militares? ¿Deberían ser expulsados de la historia militar por haber defendido al absolutismo y haberse convertido en militares políticos, comenzando, lógicamente, por el Marqués de las Amarillas?
Anexo documental: Proclama a la Policía del Marqués de las Amarillas
GRANADA.
Subdelegación general de Policía del distrito de la Capitanía General de Granada y Jaén.
Al encargarme de la dirección de Policía en las Subdelegaciones que abraza es la Capitanía General de mi cargo, es indispensable que manifieste a V. S. cuáles son mis intenciones y deseos, y le marque la línea de conducta á que debe arreglar bajo mi mando el desempeño de sus funciones.
La Policía no se ha creado para perseguir y molestar a los fieles y tranquilos vasallos del Rey, sino para protegerlos y procurar su seguridad, su sosiego y la tranquilidad necesaria para que cada lino se entregue con confianza y libertad al goce de su fortuna, a su industria o su trabajo.
El Gobierno de S. M. como todos los de Europa, la tiene y la necesita para vigilar sobre la tranquilidad pública, prevenir los delitos y libertar al país de convulsiones y desórdenes. Manejada con tino y cordura es un arma defensiva y tutelar, que puede evitar muchos males; usada con indiscreción o malevolencia es un instrumento perjudicial al Gobierno y odioso a los gobernados, que no ven en él sino el dinero que les cuesta y las vejaciones a que los sujeta.
No incomodar a persona alguna sin necesidad, y vigilar en silencio la conducta de todas, es pues lo primero que encargo a V. S. La acción de sus subordinados debe ser invisible, y solo en el momento de irse a cometer el delito aparecer la fuerza de su resorte y prevenir por su medio que llegue a consumarse.
Los deberes de todos los españoles están marcados por las leyes que rigen la Monarquía, el separarse de ellas por cualquier camino que sea y bajo cualquier pretexto que se haga es igualmente criminal, y V. S. deberá proceder en consecuencia de este principio sin hacer la menor distinción de personas y de opiniones; de estas no hay más que una legítima y sana, todas las demás son criminales y reprobadas. Contra todas las de esta especie es menester proceder, y proceder con actividad y energía.
Ha sido por desgracia frecuente en todas épocas el turbar la tranquilidad pública , y suscitar desórdenes y venganzas bajo la máscara de un celo exagerado : La Policía no debe dejarse coger en este lazo, ya harto conocido de todos los gobiernos ilustrados: El de S. M. no quiere exageraciones; exige fidelidad, y firme decisión, cuando la ocasión lo exija, de sostener los legítimos derechos de su trono y los de su augusta descendencia, la libre acción de las leyes, y la pública tranquilidad; y mientras tanto que cada uno se ocupe en sus respectivas obligaciones, goce de sus honestos recreos y deje al cargo de la autoridad emanada del trono el cuidado de gobernar.
Los empleados públicos se hacen muy frecuentemente odiosos por el modo de desempeñar sus funciones, y V. S. deberá cuidar con el mayor esmero que sus subordinados no incurran en este defecto, antes bien que, aun en las ocasiones en que se vean precisados a proceder, suavicen por el modo con que lo hagan, lo que tenga de duro el ejercicio de su destino. Si alguno no se conformase con esto procederá V. S. a suspenderlo de él por vía de prevención, y si reincidiese, lo separará de aquel.
La pureza en los empleados de Policía, su incorruptibilidad y desinterés, son de las cualidades más esenciales en esta especie de empleados, que tanto pueden abusar de su destino para estafar al público; y por lo tanto hago a V, S. el más estrecho encargo de que vele incesantemente sobre ello, y en caso de cualquiera transgresión , aun la más ligera, proceda contra el culpable y me dé cuenta; en el bien entendido de que nada disimularé en esta parte, y no me faltarán medios de estar informado del desempeño de cada uno.
Últimamente, siendo la voluntad bien manifiesta del Soberano el que se establezca la unión y la concordia entre todos sus vasallos olvidando partidos y divisiones que acabarían con la España, todos los empleados de Policía deben concurrir esencialmente a esta grande obra y contribuir con todo su esfuerzo a dar al espíritu público una dirección análoga a los paternales deseos del Rey Muestro Señor, fijando la vista sobre todo el que intente extraviarlo en cualquiera sentido que fuese, y dando parte a su Jefe sin pérdida de momento para el inmediato remedio.
Acostumbrado por mi carrera, a hacerme obedecer ciegamente, y a proceder sin detención contra cualquiera que se aparte del pronto y estricto cumplimiento de mis disposiciones, los empleados de Policía de las Subdelegaciones de mi cargo deberán tener entendido procederé del mismo modo con ellos; y que así como sostendré y protegeré con toda mi autoridad e influjo al que cumpla bien, seré inexorable con el que obre mal, y se desvíe en el cumplimiento de su deber, de los principios que acabo de establecer. V. S. se servirá tenerlo entendido y lo comunicará á quien corresponda, haciéndome constar queda V. S. y todos los dependientes enterados de ello, conservando cada uno en la poder una copia de este oficio.
Dios guarde a V. S. muchos años. Granada 5 de Noviembre de 1832.
El Marqués de las Amarillas.
(“La Revista española”, 14-11-1832, pág. 21”)
[1] Esta idea la repitió en su toma de posesión como Capitán General de Cataluña. “La Revista española”, 4-1-1833
[2] “La Revista española”, 2-11-1832, págs. 53 y 54. Evidentemente, las maquinaciones provenían de los liberales.
[3] “La Revista española”, 14-11-1832, pág. 21 y Javier Mañas Navarro, en su tesis doctoral, “Capitanía General y Capitanes Generales de Granada en el siglo XIX, 1ª parte.
[4] “La Revista Española”, 16 de noviembre de 1832. Pág. 45