La psilocibina es un compuesto psicoactivos que se encuentran en numerosas especies de hongos, entre ellos los populares Psilocybe Cubensis. No se trata de un alcaloide desconocido ya que su consumo se remonta a siglos atrás cuando se recurría a esta sustancia en contextos espirituales, ritualísticos o chamánicos aunque fue especialmente popularizado por el movimiento hippie de los años 60. Además, este enteógeno pueden usarse también con fines medicinales para tratar enfermedades como la ansiedad o la depresión.
Tecnicismos a parte, la psilocibina y sus efectos dieron nombre a las conocidas como setas alucinógenas que forman hasta un conjunto de 200 variedades distintas de hongos con presencia de este compuesto en diferentes concentraciones.
Su consumo y tráfico se ha extendido en los últimos años siendo relativamente fácil su producción. Sobre todo, a nivel particular gracias a la venta de kits de cultivo (legales) que se pueden adquirir en tiendas especializadas o Ecommerce hasta esporas de cientos de cepas de setas existentes.
El tráfico ilegal de este tipo de hongos suele realizarse en estado deshidratado ya que de esta forma el traficante garantiza su conservación durante meses a la vez que se mantiene el porcentaje de psilocibina inherente desde la extracción en tierra. Sin embargo, su comercialización como setas frescas también suele producirse a menor escala por parte de aquellos que buscan obtener beneficios rápidos y a menor escala a través del cultivo indoor.
En una intervención del 2 de junio de 2020, agentes de la Policía Nacional adscritos a la Comisaría Provincial de Lugo encargados de la investigación de los delitos relacionados con el tráfico de drogas, procedieron a la detención de dos personas por un delito contra la salud pública. Se trataba de la Operación Keops durante la cual se desarticuló el primer punto de cultivo de setas alucinógenas en la ciudad. Dentro de una habitación, los agentes localizaron una instalación tipo invernadero destinada al cultivo de marihuana y las setas alucinógenas; así como una máquina de envasado al vacío, para la conservación de estas setas hasta su venta.
Los efectos derivados de la ingesta de setas alucinógenas suelen mostrarse pasados 10 a 40 minutos y durar entre dos y cinco horas, siempre dependiendo de la dosis, tipo de hongo o constitución del consumidor. Una vez bajo los efectos de la psilocibina, la persona puede sufrir alucinaciones visuales, auditivas e incluso táctiles. La visión ofrece una percepción distorsionada de la realidad que tiende a una ampliación de los colores y formas geométricas. Incluso se pueden experimentar estados de euforia o depresión.
En esta otra operación de marzo de 2017, agentes de la Policía Nacional procedieron a la detención de una mujer de origen holandés que se dedicaba al cultivo y distribución de setas alucinógenas y procedía a su envío a multitud de países por correo. Como remitente de los paquetes enviados utilizaba una dirección del Puerto de Santa María elegida al azar. En su domicilio los agentes se incautaron de más de 550 gramos de setas alucinógenas.
También se averiguó que la detenida recibía las semillas de Holanda y que una vez en su poder, iniciaba el cultivo de las setas en el interior de su vivienda. Cuando los hongos se encontraban en su punto óptimo de maduración, los distribuía mediante correo ordinario, generalmente internacional, utilizando para ello remitentes al azar de domicilios portuenses, y apoyándose en la red TOR para establecer los contactos para su venta.
Tras la investigación se pudo contrastar que la distribución alcanzaba multitud de países, entre otros, Francia, EEUU y Australia. Asimismo, se comprobó que por cada envío de setas obtenía un beneficio de unos 50 euros.
Artículo 368 del Código Penal
Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable. No se podrá hacer uso de esta facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en los artículos 369 bis y 370.
Autor: JM Puig | Miembro FFCCS graduado en comunicación