Pistolas de balines, ¿cómo legalizarlas?

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Con la nueva situación en la que nos encontramos a causa del COVID-19 vuelve a estar de auge el mundo rural y la vuelta al mismo por parte de muchas personas que se habían olvidado de sus pueblos de interior en verano eclipsados por el turismo de sol y playa.

Esta incipiente demanda de los entornos naturales en búsqueda de desconexión hace necesario buscar ocupaciones que realizar en los mismos como senderismo o ciclismo. Si bien muchas personas buscan otros atractivos en actividades que se pueden desarrollar en ciertas localizaciones del rural, de ahí el auge en búsqueda de las web de pistolas de balines. 

El desconocimiento de la legislación a la hora de adquirir estas pistolas de perdigones y su uso abunda entre los interesados. Normalmente se trata de un perfil joven, en muchas ocasiones menores de edad, que residen en pequeños municipios, de ahí que intentemos despejar dudas sobre su uso refiriéndonos a la legislación de armas de aire comprimido ante una posible adquisición o uso para evitar infringir la normativa aplicable a estas armas de las que nunca pueden hacer uso legalmente menores de 14 años.

¿Qué son las pistolas o escopetas de balines, co2, perdigones, aire comprimido, plomos o pistolas de bolas (airsoft)?

Están categorizados por la ley como armas, concretamente en el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE 5-3-93). En dicho reglamento se regula los requisitos y condiciones de fabricación, reparación, venta y posesión de armas, imitaciones y réplicas. El mismo clasifica estas carabinas o pistolas como armas de 4ª categoría.

¿Cuales son las armas de 4ª categoría?

Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas; Carabinas y pistolas, de ánima lisa o rayada, de un solo tiro y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.

¿Cómo legalizarlas?

Se legalizan obteniendo la tarjeta de armas de cuarta categoría en el ayuntamiento. Los requisitos o documentación a aportar, depende del ayuntamiento. Esta tarjeta es obligatoria para transportar o usar estas pistolas fuera del domicilio.

¿Dónde puedo usarlas?

Las escopetas o pistolas de perdigones son denominadas en el reglamento de armas carabinas de aire comprimido, sólo se permite el tiro de precisión en diana en espacios habilitados como galerías de tiro o en recintos privados acotados de público.

No está permitido el tiro a nada o sobre nada que no sea una diana, por lo que está prohibido disparar a cualquier tipo de animal, el hacerlo y ser detectado por las autoridades competentes conllevaría una fuerte multa.

No está permitido ir con la carabina por la calle, ¿Cómo puedo llevarla?

Para poder portar y usar las armas de la 4.ª categoría (carabinas de aire comprimido) fuera del domicilio, éstas habrán de estar documentadas mediante las tarjetas de armas expedidas por Intervención de Armas de la Guardia Civil, las cuales deberán acompañar siempre al arma.

Las tarjetas de armas de 4º categoría serán concedidas y retiradas por los Alcaldes (debiendo presentar ante el ayuntamiento la carabina junto con la factura de la tienda donde ha sido adquirida, para que el personal del Ayuntamiento anote los datos del arma, tales como la marca, calibre y número de serie).

La tarjeta de armas de color amarilla se entrega al particular para que la lleve siempre con el arma, una de las copias de color blanco se la queda el ayuntamiento y la otra hay que llevarla para su registro a Intervención de Armas de la Guardia Civil.

3 comentarios en “Pistolas de balines, ¿cómo legalizarlas?

  1. Hola, ¿Cómo es posible dejar prestada una carabina de aire comprimido de manera legal a una persona? Si una persona cometiera un delito con ese arma es responsable el dueño?
    Es que me da algo de respeto el tema de prestar el arma
    Muchas gracias

    1. Al estar clasificada como armas de 4º categoría , yoharía como con cualquier arma, rellenar el documento de cesión temporal.

      https://www.guardiacivil.es/documentos/iarmas/formularios/cesiontemporal.pdf

      La única diferencia es que en lugar de guia, pondría el número de serie que salga en la tarjeta de armas y no tendrías que comprobar que al que se la cedes tiene licencia de armas en vigor, al no requerirse licencia de armas para esta categoría.

      Por lo demas, un arma como otra cualquiera

  2. Eso también se aplica a tirachinas y a cerbatanas?

    Y si cojo una piedra en la calle y la lanzo, se consideraría arma de clase 4 y por ende debería ir al ayuntamiento a registrarla?

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