Los “vigilantes de playa” no son vigilantes de seguridad
QUE QUEDE BIEN CLARO, los llamados vigilantes de playa, NO son vigilantes de seguridad. Veamos lo que dicen los artículos 26-1 y 27-1 de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada: Artículo 26. Profesiones de seguridad privada. Únicamente puede ejercer funciones de seguridad privada el personal de seguridad privada, que estará integrado…