Vigilantes de seguridad: te identificas, pasas, no te identificas, no pasas
Este es un tema que siempre crea cierta controversia, pero veamos lo que dice el apartado 1,b del artículo 32 de la vigente Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada en el desempeño de las funciones de los vigilantes que entre otras son:Artículo 32. 1, b) Efectuar controles de identidad, de objetos personales,…