Hay mucha leyenda urbana y mentiras alrededor de la seguridad privada, en concreto sobre los vigilantes de seguridad, grandes profesionales, que realizan su labor diaria de forma impecable.
Han sido una pieza fundamental, como no podía ser de otra manera, en el desarrollo del estado de alarma y es justo su reconocimiento.
Al igual que desmontamos ciertos mitos de la policía, vamos a hacer lo propio, en esta ocasión, sobre los vigilantes de seguridad.
Los vigilantes no pueden detener.
Esto es Falso. Los vigilantes de seguridad están habilitados para realizar detenciones, en base a la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el artículo 490, “habilita a cualquier persona a detener”, en supuestos como delitos in fraganti, o al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
Por lo que, si cualquier persona puede detener, los vigilantes de seguridad están legitimados para hacerlo también.
Además, en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, en su artículo 14.2, se significa que las empresas de seguridad, los despachos de detectives y el personal de seguridad privada deberán comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes, tan pronto como sea posible, cualesquiera circunstancias o informaciones relevantes para la prevención, el mantenimiento o restablecimiento de la seguridad ciudadana, así como todo hecho delictivo del que tuviesen conocimiento en el ejercicio de su actividad o funciones, poniendo a su disposición a los presuntos delincuentes, así como los instrumentos, efectos y pruebas relacionadas con los mismos.
Los vigilantes no pueden pedirme el DNI.
Esta afirmación de por sí es falsa, pues en determinadas circunstancias si pueden solicitarnos la documentación, como en los controles de accesos.
Entre uno de los cometidos de los vigilantes de seguridad es el del control de accesos, para lo cual pueden controlar la identidad de las personas e impedir su entrada si procediera.
Lo que no pueden hacer es retener la documentación.
Los vigilantes no pueden cachear.
En el artículo 32.1, de la Ley de Seguridad Privada, en el apartado D, se recoge que, los vigilantes, entre sus funciones y en relación con el objeto de su protección o de su actuación, deberán detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas.
La negativa a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
Además, existe la excepción de que por motivos de seguridad si existiera peligro para la integridad física del propio vigilante o usuario se podrán producir cacheos, y en ese caso el cacheo debe producirse por persona del mismo sexo.
Por lo que decir rotundamente que un vigilante no puede cachear es Falso.
Un vigilante es un policía frustrado.
Esa afirmación es falsa. No todos los vigilantes se han planteado ser policías. Lo que si que es cierto es que algunos policías han sido vigilantes anteriormente.
Lo que sí que es cierto, es que es una profesión muy necesaria y muy poco valorada. Un colectivo de unos 223.000 efectivos que auxilian a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su labor diaria.
¡Se agradece el detalle!
Está muy bien, que se aclare la función de los vigilantes de seguridad, ya que en esta país, y me repito, en este país la seguridad privada está muy mal entendida. Muchos profesionales hoy en día son policías nacionales o guardias civilesy salieron de este sector. Y también los hay menos pero los hay que fueron de ambos cuerpos y se salieron para ser vigilantes de seguridad ya que depende del año que empezaron cobraban bastantes más como vigilantes. Hoy en día no es así, pero allá por los años 75 a 82, se daba esta circunstancia. En definitiva todos estamos en el mismo bando y luchamos por los derechos y libertades de los ciudadanos.
Gracias H50
Una duda… El 32.1 apartado D de la Ley dice los supuestos en los que un vigilante puede ejercer el cacheo. Bien, esta ley queda derogada por la nueva del 2014 y en ésta, no especifica nada al respecto.