El Juzgado Contencioso-administrativo número dos de Vitoria ha anulado un apartado de la Resolución del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias del 19 de julio de 2021 sobre la obligación de acreditar el conocimiento del euskera como parte del procedimiento de selección para la creación de una bolsa de agentes interinos en la Policía Local en la escala básica y grupo de clasificación C-1.
La resolución recuerda que el principio general sigue siendo el de que pueda valorarse como mérito no eliminatorio el conocimiento delas lenguas españolas diferentes del castellano, por lo que resulta discriminatorio exigir el B2 de euskera para interinos de la Policía Local. Asimismo, el fallo también declara el derecho de la aspirante recurrente a participar en el proceso selectivo.
En otra decisión judicial reciente, el Tribunal Supremo no había admitido a trámite el recurso que presentó el Ayuntamiento de Irún en Gipuzkoa contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia Vasco en el que declaró nula otra convocatoria.