Los cinemómetros, comúnmente conocidos como radares, se han convertido en el mejor aliado de la DGT para la lucha contra las altas velocidades en nuestras carreteras y así reducir la tasa de accidentes por tales motivos. Podríamos afirmar que los radares se han convertido en un enemigo fiel de la velocidad.
Nos encontramos ante el método más eficaz y fidedigno de detectar los ilícitos administrativos o penales, según el caso, concurrentes por un exceso de velocidad, capaces de medir la velocidad en tiempo real de cualquier objeto móvil.
La Dirección General de Tráfico ha identificado más de 300 tramos considerados peligrosos por su índice de siniestralidad, en relación al exceso de velocidad, para la instalación de estos aparatos de medición. Con este despliegue técnico se consigue una importante disminución de los accidentes relacionados con la velocidad.
Según el Instituto de Tránsito y Seguridad Vial (INTRAS), de la Universidad de Valencia, podríamos estar hablando de una reducción del 22%, tratándose de una de las pocas medidas con efectos realmente significativos en los accidentes graves y mortales. Es, por tanto, una herramienta indispensable en la persecución y represión de las altas velocidades cometidas a bordo de vehículos de motor y ciclomotores.
Los conductores de bicicletas, por ejemplo, quedan excluidos de la medición de velocidad por radar.
Detractores
No obstante, estos sofisticados aparatos encuentran detractores en aquellos que piensan que su existencia se debe a razones puramente recaudatorias, debido a que en ocasiones se instalan en lugares aparentemente de escasa incidencia.
Si bien no les puede faltar razón en algunos casos, debemos tener la certeza que mayoritariamente su colocación, fija o permanente, encuentra su justificación en los resultados de siniestralidad del lugar o tramo afectado y en la salvaguarda de la seguridad vial. Al menos esos deberían ser los criterios.
Otros, por su parte, desconfían de la fiabilidad de medición de estos radares. Conviene recordar que, como ha señalado el Tribunal Constitucional en Auto 193/2004, de 26 de mayo, los datos tomados por este tipo de aparatos gozan de una presunción iuris tantum de veracidad, siempre que hayan sido fabricados y hayan superado los controles establecidos por la normativa técnica vigente en cada momento, y así resulte acreditado además, mediante las correspondientes certificaciones de naturaleza técnica.
Además, la jurisdicción vigente aplica márgenes de error en la medida para aumentar la certeza punitiva, 7% en radares en movimiento, 5% en radares fijos, basados en la STS 184/2018, de 17 de abril.
Aumento de efectivos policiales
Para nada es discutible que los agentes encargados de la circulación son una pieza fundamental en materia de prevención, averiguación y represión del delito
Investigadores de la Universidad de Sevilla y de la Fundación Mapfre, en un estudio realizado en 2017, evidenciaron que un aumento del 10% en el número de efectivos en servicio de la Guardia Civil de Tráfico reduciría el número de víctimas mortales en un 5,3% en tasa anual. Datos demoledores que dejan patente la necesidad y la exigencia de dotar de más medios personales las plantillas policiales especializadas en materia de tráfico.
Periódico digital Policía H50
Buenos días. He leído atentamente esta entrada, y la STS a que hacen referencia, y creo que hay un error en la redacción. En concreto, los porcentajes de margen de error están intercambiados. Los radares fijos y estáticos tienen un 5% y los radares en movimiento un 7% de margen de error.
Saludos, y muy buen blog.
Cierto Javier, error mío de transcripción. Además, parece lógico que sea así. Gracias por su atenta lectura y por indicarnos la errata. Ya está cambiado. Un cordial saludo