La Orden EFP/805/2023, de 17 de julio, establece la equivalencia de la categoría de Oficial de Policía de la escala básica del Cuerpo de la Policía Nacional al título de Técnico Superior correspondiente a la formación profesional.
Esta equivalencia tendrá efectos académicos y de acceso al empleo público y privado y aquellos otros que pudieran corresponder con la legislación vigente.
Equivalencia de la categoría de Oficial de Policía de la Escala Básica del Cuerpo de la Policía Nacional con el título de Técnico Superior.
Los candidatos/as que obtengan el nombramiento, como funcionario/a de carrera de Oficial de Policía (categoría primera) de la Escala Básica del Cuerpo de la Policía Nacional tras la superación de todas las fases del proceso de selección obtendrán la equivalencia genérica al título de Técnico superior correspondiente a la Formación Profesional, a efectos académicos y de acceso al empleo público y privado y aquellos otros que pudieran corresponder con la legislación vigente, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Bachiller, o equivalente a efectos académicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.3 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.
b) Haber superado el curso o cursos de formación de entre 1.600 y 2.000 horas y el módulo de formación práctica en puesto de trabajo, de un máximo de 600 horas, establecidos en el plan de estudios correspondiente para la escala básica, según lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.
La solicitud de la equivalencia genérica del título de Técnico Superior de Formación Profesional, será presentada individualmente, por cada interesado.