La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, según confirma un comunicado del Poder Judicial, ha condenado a penas que suman siete años de prisión y al pago de una multa de 3.240 euros a un hombre que lesionó gravemente en un ojo a otro de una pedrada y después vulneró la orden judicial que le prohibía acercarse o comunicarse con él para amenazarle de muerte e intentar que retirara la denuncia.
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, establece que el agresor cometió un delito de lesiones, un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y un delito contra la Administración de Justicia. Además, le obliga a indemnizar al perjudicado con 145.000 euros por las graves secuelas que padece como consecuencia de la agresión.
Los hechos sucedieron el 13 de abril del pasado año, cuando el acusado, que había mantenido diversos conflictos y discusiones por la víctima, la siguió cuando iba a hacer la compra, le recriminó su actitud y le lanzó varias piedras de grandes dimensiones.
Una de ellas le impactó en la cara y le rompió los cristales de las gafas de sol que llevaba, lo que le provocó un grave traumatismo en el ojo derecho con perforación de la córnea.
A causa de esa lesión, el agredido sufre graves secuelas, como la pérdida irreversible de agudeza visual en el ojo derecho, con el que no percibe la luz, y un importante menoscabo de su calidad de vida.
El ahora condenado fue detenido siete días después del suceso y un juzgado le impuso una medida cautelar de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima.
A pesar de esa prohibición, el penado la incumplió en dos ocasiones para amenazar al perjudicado de muerte con la finalidad de que retirase la denuncia, según declara probado el Tribunal.