La titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid señala que no hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos por el presunto delito de prevaricación administrativa
La magistrada titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional del caso conocido como 8-M al considerar que, tras la práctica de las diligencias de investigación acordadas en el procedimiento, no hay indicios suficientes de actuar delictivo en los hechos atribuidos al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco Pardo, por el presunto delito de prevaricación administrativa.
De todas las diligencias de investigación practicadas, añade el auto, se concluye que el investigado, entre el 5 y el 14 de marzo del presente año, no tuvo un conocimiento cierto, objetivo y técnico del riesgo que para la salud de las personas entrañaba la realización de manifestaciones y concentraciones. La resolución señala también que el investigado ‘no recibió comunicación o instrucción sanitaria sobre este particular y tampoco la recabó de oficio de ninguna autoridad competente en el ámbito sanitario’.
Finalmente, la resolución establece también que ‘ninguna persona física o jurídica, pública o privada, instó del delegado del Gobierno en Madrid que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones por razón del Covid-19’.
La magistrada, no obstante, deniega el sobreseimiento libre solicitado por la Abogacía del Estado.
Este auto puede ser recurrido en reforma, ante el propio órgano judicial, y/o en apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, hecho que ya han anunciado las acusaciones particulares, entre ellos los familiares de un Policía Nacional fallecido por coronavirus.