Se realiza una reestructuración y revisión del contenido, así como de la duración de los cursos.
Creación de nuevos perfiles infractores para la impartición de la parte específica de los cursos.
Se incluye como obligatorio la intervención de una víctima de un siniestro vial en la parte común.
Se aumenta el tiempo destinado a las dinámicas de grupo por considerar que los alumnos interiorizan mejor los mensajes.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la nueva Orden Ministerial por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción; unos cursos que han demostrado ser una herramienta esencial para la modificación de los comportamientos incorrectos en carretera y para sensibilizar sobre las graves consecuencias de los siniestros viales.
Tras casi veinte años de la implantación del Permiso por Puntos y de la Orden que regulaba dichos cursos, era necesario realizar una revisión completa del contenido de los mismos con el objetivo de incluir las modificaciones realizadas en la Ley de Tráfico en los últimos años y adaptarlos a la movilidad actual.
Las novedades más significativas de la citada Orden Ministerial, que entrará en vigor el próximo 4 de noviembre, se centran en los siguientes asuntos:
- Aumento del tiempo destinado a las dinámicas de grupo, por considerar que los alumnos interiorizan mejor los mensajes y permite a los psicólogos apreciar cómo van aceptando los alumnos los mismos.
- Creación de nuevos perfiles infractores: distracciones, conductas imprudentes en motoristas, velocidad, alcohol y otras drogas, conductas imprudentes y penal que se asignan a los alumnos en función de las infracciones cometidas y por las que han perdido los puntos para la impartición de la parte específica del curso.
Desde hace años, las distracciones son el primer factor concurrente de los siniestros mortales, y los motoristas son uno de los colectivos que más ha aumentado su siniestralidad en los últimos años.
- Participación de las víctimas con carácter preceptivo, puesto que en los casi veinte años de experiencia se ha demostrado su efectividad en el cambio de actitudes.
- Aplicación de las nuevas tecnologías en la parte específica de los cursos, con la posibilidad de que el contenido de dicha parte se pueda realizar de forma on line mediante teleformación o aula virtual.
Según Montserrat Pérez, subdirectora de Formación de la DGT, “la actualización del contenido y estructura de estos cursos, persigue modificar las actitudes y comportamientos de los conductores infractores, reeducarlos en el respeto a los valores esenciales en el ámbito de la seguridad vial, concienciarles sobre las consecuencias derivadas de sus actos, y adaptar los cursos a las nuevas tecnologías”.
Entrando en detalle
La Ley de Tráfico y Seguridad Vial establece dos tipos de cursos; los de recuperación parcial de puntos y los de recuperación del permiso o licencia de conducción.
Los cambios que se establecen en la nueva Orden en los cursos de recuperación parcial son los siguientes:
- La duración mínima de estos cursos será de 10 horas, distribuidas de la siguiente forma y orden:
- 7 horas para la parte común: de las cuales, 4 horas estarán destinadas a la formación general sobre materias relacionadas con la cultura de la seguridad vial que será impartida por un formador, 1 hora de dinámica de grupo dirigida por psicólogos-formadores que trabajarán en el cambio de actitudes y comportamientos, otra hora para testimonios de víctimas y una última hora de contenido variable, impartida por un formador que puede incluir la intervención de otros profesionales.
- 3 horas para la parte específica y que será individualizada para el conductor en función de las mayores carencias que presente, teniendo en cuenta el perfil infractor del mismo. Los perfiles establecidos son: velocidad, alcohol y otras drogas, conductas imprudentes, penal, distracciones o conductas imprudentes en motocicleta.
- La realización y superación del curso permitirá al conductor recuperar 4 puntos, sin que en ningún caso pueda recuperar más puntos de los que se hubieran perdido.
El curso de recuperación parcial de puntos solo se puede realizar una vez cada dos años, excepto los conductores profesionales que pueden realizarlo una vez al año. Esta periodicidad no ha cambiado en la Orden Ministerial hoy publicada.
Respecto a los cambios que se establecen en la orden para el Curso de recuperación del Permiso o Licencia de conducir son:
- La duración mínima de los cursos será de 20 horas, distribuidas de la siguiente forma:
- 16 horas de duración para la parte común, repartidas en 9 horas de formación general, 4 horas de dinámica de grupo impartidas por un psicólogo formador, 1 hora para una víctima de un siniestro vial y 2 horas de contenido variable, impartidas por un formador que puede incluir la intervención de otros profesionales.
- 4 horas para la parte específica, que al igual que en los cursos de recuperación parcial son individualizados en función del perfil infractor de cada conductor.
Es necesario recordar, que están obligados a realizar y superar este curso con aprovechamiento, tanto aquellos conductores que hayan perdido su saldo de puntos, así como los que hayan sido condenados por sentencia judicial firme con privación del derecho a conducir.
Además, deberán superar un examen para volver a obtener la autorización administrativa tanto los que han perdido la totalidad de los puntos asignados, así como los que hayan sido condenados por sentencia judicial en firme a más de dos años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.
Aunque la Orden Ministerial entra en vigor el 4 de noviembre, los cursos iniciados con anterioridad a esta fecha se regirán por la normativa vigente en el momento de iniciarse el curso.
Importante aumento del número de centros que imparten los cursos
A día de hoy, ya hay más de 900 centros, dentro del ámbito de DGT, que imparten los cursos de sensibilización y reeducación vial. El cambio por sentencia del Tribunal Supremo del sistema de concesión al de autorización ha permitido que muchos más centros puedan impartir esta formación.
En las comunidades autónomas en las que tienen transferidas las competencias en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor, deberán ser ellas las encargadas en su ámbito territorial de determinar el modo de impartir los cursos de sensibilización y reeducación, de acuerdo con la duración, el contenido y los requisitos previstos en la Orden hoy aprobada.