La Sala de Vacaciones del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha dictado un Auto por el que deniegan la medida cautelarísima solicitada en relacion a la resolución del Gobierno Regional de cierre de los bares nocturnos a las 02,00 de la madrugada en el Principado.
Para el TSJA, el cauce excepcional de la medida cautelarísima está ligada a la necesidad de una especial urgencia en la evitación de perjuicios a particulares. En este caso la resolución del Gobierno Regional entró en vigor el 29 de julio y no fue hasta el 12 de agosto cuando se presentó el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior, por lo que la Sala no encuentra razón de urgencia, pues ha sido la propia parte recurrente la que ha dejado transcurrir todo ese tiempo de vigencia de la resoluciòn sin solicitar medida cautelar alguna.
Como había solicitado subsidiariamente la parte recurrente, el procedimiento se seguirá tramitando como medida cautelar por la via ordinaria, dándose un plazo de 3 dias al Gobierno Regional para que presente sus alegaciones.
Comunicación Poder Judicial