El secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, ha dictado la instrucción que unifica los criterios y los procedimientos de Policía Nacional y Guardia Civil para combatir la utilización de este tipo de armas en la vía pública.
El protocolo promueve la colaboración con otras fuerzas policiales, instituciones, autoridades judiciales y empresas de seguridad privada para seguir mejorando la respuesta policial.
El Ministerio del Interior ha aprobado el “Protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado respecto al control de las armas blancas y otros instrumentos peligrosos para la seguridad ciudadana”, cuyo objetivo es reforzar el control sobre este tipo de armas y prevenir su uso.
El secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, ha firmado este jueves la instrucción que unifica criterios para controlar la utilización de este tipo de armas en las vías, espacios o establecimientos públicos en todo el territorio nacional.
El objetivo del protocolo es establecer directrices para que las fuerzas y cuerpos de seguridad recojan en los atestados policiales todos los indicios probatorios necesarios para la denuncia; promover programas de formación permanente para mejorar la respuesta policial; completar y reforzar las acciones encaminadas a evitar el uso de armas blancas; y potenciar la colaboración en el ámbito local y autonómico con instituciones y entidades territoriales.
La instrucción alerta de la amenaza para la seguridad ciudadana que supone la tenencia de armas blancas y otros instrumentos peligrosos y recuerda que el Reglamento de Armas establece “la prohibición absoluta de portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, de las correspondientes actividades deportivas, de cualquier clase de armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda”.
El texto insta a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad “a la ocupación temporal de cualesquiera objetos, instrumentos o medios de agresión, incluso de las armas que se porten con licencia, permiso o autorización” con el fin de prevenir un delito o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de los bienes.
El protocolo establece que la intervención de las autoridades y sus agentes se justificará “por la existencia de una amenaza concreta o un comportamiento objetivamente peligroso que, razonablemente, sea susceptible de provocar un perjuicio real para la seguridad ciudadana y, en concreto, atentar contra los derechos y libertades individuales y colectivos o alterar el normal funcionamiento de las instituciones públicas”.
Las actuaciones y aprehensión de las armas deben quedar perfectamente documentadas, tanto si se trata de la comisión de un delito como de una infracción de carácter administrativo. El protocolo determina también la información que debe registrarse en ambos casos. Los agentes recogerán la actuación de la persona responsable, los daños o perjuicios causados a la seguridad ciudadana, el entorno en el que se desarrollan los hechos, así como las características del arma e imágenes relacionadas.
La instrucción pide a la Policía Nacional y a la Guardia Civil que incrementen la formación de sus agentes en el conocimientos de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, y del Código Penal en los supuestos relacionados con la tenencia de armas blancas, para llevar a cabo sus acciones con todas las garantías para la salvaguarda de los derechos de los ciudadanos y de sus actuaciones.
Colaboración institucional en todos los ámbitos
El protocolo impulsa la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con otras fuerzas policiales y aboga por la celebración de Juntas Locales de Seguridad para identificar los lugares que requieran una mayor presencia policial.
También prevé el desarrollo de mecanismos de coordinación y colaboración con otros órganos e instituciones de los ámbitos estatal, autonómico y local que faciliten una mejor comprensión y conocimiento en cada territorio de los problemas asociados al uso de armas blancas, para garantizar una respuesta policial rápida y eficaz.
En la misma línea de cooperación, el protocolo promueve la celebración de reuniones con autoridades judiciales y del Ministerio Fiscal para mejorar y profundizar el conocimiento sobre la situación y evolución de las diversas modalidades de delincuencia relacionadas con la tenencia de armas, con el objetivo de fijar los criterios que deben marcar la acción policial.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado impulsarán también contactos con empresas y personal de seguridad privada que desarrollan su actividad en establecimientos públicos, para colaborar tanto en materia preventiva como en la definición de cuáles deben ser las primeras actuaciones tras la detección de un arma blanca en sus lugares de servicio.