Información para desplazados ucranianos en España

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¿Qué necesito para entrar en España?
Si usted es nacional de Ucrania y desea entrar en España, no necesita solicitar un visado si tiene un pasaporte biométrico. Los ucranianos con pasaporte biométrico no necesitan visado para entrar en el espacio Schengen.
El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a los ucranianos desplazados residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea un año prorrogable hasta tres años, sin tener que solicitar asilo.
– Si es ucraniano y desea entrar en España, pero no tiene pasaporte biométrico ni documentos de viaje, puede dirigirse a una oficina consular de un país limítrofe con Ucrania (por ejemplo, Polonia, Rumanía, Hungría, etc.) para que se estudie su situación.
– Si no posee pasaporte, ni ningún documento de viaje, presente el certificado de nacimiento o algún documento que demuestre su identidad, así como, si dispone de ello, algún documento que acredite su residencia en Ucrania antes del 24 de febrero de
2022.
– En el caso de menores de edad: certificado de nacimiento del menor, certificado que acredite la vinculación familiar o relación con los tutores o personas que acompañan al menor y se encuentran a cargo de él.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN TEMPORAL
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-Y-2022-70011
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-Y-2022-70011
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-Y-2022-70011
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-Y-202https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-Y-2022-70011
Información relacionada: Comunicación de la Comisión por la que se proporcionan directrices operativas para la gestión de las fronteras exteriores a fin de facilitar el cruce de fronteras en las fronteras entre la UE y Ucrania.
En el espacio Schengen, estarás en situación regular durante 90 días.
¿Podré trabajar mientras estoy en España? ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?

· Concede un permiso de residencia y trabajo.
· Este es válido durante toda la duración de la protección.
· Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a lo siguiente:

– Trabajar por cuenta propia o ajena.
– Acceder las prestaciones previstas en el sistema de acogida.
– Atención médica.
– Los menores de dieciocho años tendrán, asimismo, derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de la UE de acogida.

En el caso de carecer de recursos económicos, podrán solicitar acceder al Sistema de Acogida las personas que cumplan los siguientes requisitos

a) personas desplazadas de Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022 a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.

b) personas residentes en Ucrania que se encontraban en España cuando estalló el conflicto y no han podido regresar a su país.

En ambos casos, se incluyen nacionales ucranianos residentes en Ucrania y nacionales de terceros países o personas apátridas residentes de larga duración en Ucrania (es decir más de 5 años), con sus familias.

Este Sistema prevé una metodología de intervención de itinerarios por fases, en función del grado de autonomía que vayan adquiriendo las personas destinatarias de las actuaciones

• La primera fase consiste en la acogida en un dispositivo en el que se ofrece la cobertura de las necesidades básicas, ayudando a las personas beneficiarias a adquirir las habilidades necesarias para el desarrollo de una vida independiente.
• La segunda fase se inicia cuando las personas finalizan su estancia en el dispositivo de acogida y requieren seguir recibiendo apoyo mediante ayudas económicas al alquiler y atención a necesidades básicas.

Estas actuaciones se realizan a través de una red estatal integrada por los Centros de Acogida a Refugiados dependientes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (https://extranjeros.inclusion.gob.es/es/ProteccionAsilo/car/index.html) y
otros dispositivos subvencionados por éste y gestionados por entidades sin ánimo de lucro.

¿Qué puedo hacer si me encontraba en España antes del 24 de febrero?

Si llevabas menos de 90 días en España, tu situación sigue siendo regular. En el espacio Schengen, estarás en situación es regular durante 90 días desde la entrada.

Si usted tenía una solicitud de extranjería en trámite o en vigor, y la situación en Ucrania le imposibilita la obtención de algunos de los documentos necesarios para tramitar tu autorización de residencia y trabajo, diríjase a la Oficina de Extranjería de la provincia donde vive.

OTRA INFORMACIÓN DE INTERÉS

· El número de teléfono de emergencias en España es el 112
· El número de teléfono de la policía es el 091
· El número teléfono para víctimas de Violencia de Género es el 016
· Los datos de contacto de la embajada de Ucrania en España son:
Calle Ronda de Abubilla, 52 28043 Madrid, España
Tlf.: +34917489360Tlf.: +34 913887178 Web: https://spain.mfa.gov.ua/es

 

 

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