El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana -TSJCV- ha ordenado cautelarmente que un colegio imparta a una alumna un mínimo del 25% de clases en castellano como lengua vehicular
La Sala adopta esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente el pasado 19 de febrero
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha estimado la medida cautelar instada por el padre de una alumna que cursa secundaria en un centro educativo de la localidad de El Puig y ordena a la Administración que adopte las medidas necesarias para que dicha alumna, junto a sus compañeros, reciba una enseñanza bilingüe en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular en al menos el 25% del horario lectivo.
La Sala adopta esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente el pasado 19 de febrero, en aplicación del principio fumus boni iuris o apariencia del buen derecho.
El auto, fechado el pasado viernes, no es firme y puede ser recurrido en súplica en el plazo de cinco días.