Las navajas plegables en forma de tarjeta se han popularizado en los últimos años. Su venta es posible gracias a la venta directa pero, sobre todo, también a la oferta en plataformas online a pesar de ser considerada un “arma prohibida”. Así se indica en la Ley de Seguridad Ciudadana desde el año 2015.
Artículo 36 Infracciones graves, punto10 L.O. 4/2015: Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal.
Llevar este tipo de armas está considerado una infracción de carácter grave y la sanción por llevar este tipo de armas son multas de entre 601 hasta 30.000 euros, dependiendo de la gravedad del arma prohibida que sea.
Con una simple búsqueda en Internet, podemos encontrar infinidad de modelos con mayor o menor precio. Su adquisición es sencilla pero su porte, tal y como indica la citada ley, puede derivan en la propuesta para infracción muy grave.
Se trata de una navaja que se puede doblar hasta adquirir el formato de una tarjeta de crédito. Es una arma fácil de transportar y de ocultar. En tres movimientos, la tarjeta se transforma en una navaja de acero inoxidable de unos cinco centímetros.
En mayo de 2017, la Benemérita ya mostró el funcionamiento de esta navaja en el marco de un operativo en La Rioja donde efectivos adscritos al Servicio de Intervención Rápida (S.I.R.), habían procedido a la incautación de un ‘arma prohibida’ que simulaba ser una tarjeta de crédito pero que realmente era una navaja. La actuación se llevó a cabo durante la madrugada, tras un amplio dispositivo de seguridad desplegado en la localidad de Santo Domingo de la Calzada, con motivo de la celebración de sus fiestas patronales.