Formación en seguridad vial a más de 130 agentes de la policía local de toda España

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La Jefatura de la Policía Local de Vila-Real reunió a más de 130 agentes de diferentes policías locales de toda España (Cataluña, Madrid, Aragón, Murcia y Comunidad Valencia), con el objeto de formar en la excelencia a los agentes ante las últimas modificaciones de la Ley de Seguridad Vial.

Un seminario que abordó desde la instrucción de los atestados policiales hasta el alza en la irrupción de patinetes eléctricos. Una jornada que contó con magistrados especialistas en esta materia que buscaron, desde su participación, formar y orientar a los agentes en su día a día en materia de Seguridad Vial.

Una de los ponentes en este seminario fue Mª Isabel Llambés, Magistrada-Decana Juzgados de Vila-real, también miembro de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, y conocida en la red social Twitter como @Marisa758, jurista con una dilatada experiencia de 20 años en instrucción, y que indica: “Los juicios rápidos son una buena herramienta para ganar eficacia y cortar plazos del procedimiento penal”.

Temática

  1. Alcoholemia con daños. Es posible su tramitación como juicio rápido, pero es necesario citar a los responsables civiles, también son parte del procedimiento. Como son el responsable subsidiario, el propietario, y responsable directo, la aseguradora.
  2. Problemas con las entidades aseguradoras. Entidad extrajera que no tiene sede en España. OFESAUTO es la entidad que determina que aseguradora española le debe representar. Vehículo sin seguro – Responde el Consorcio de Compensación de Seguros.
  3. Supuesto en el que el investigado/conductor se conforma, y la entidad aseguradora no. Se tramitará como juicio rápido sin conformidad. Pero el objeto del juicio en el Penal quedará limitado a las responsabilidades civiles. STS 29/05/20 ECLI 2020:1334.
  4. Conducción bajo la influencia de drogas tóxicas. Art.796.1.7 LECRIM- Se realiza “drogo-test” y se toma muestra de saliva para análisis. Se puede solicitar la analítica urgente para JR.
  5. Conducción bajo la influencia de drogas. Debe constar la sintomatología en el Atestado, en su defecto no queda acreditada la conducción bajo las drogas. El fiscal no suele acusar.
  6. Posibilidad de solicitar analítica de contraste. Ojo!!porque la tiene que pagar el solicitante. Y los resultados pueden no estar el día de Juicio Rápido, perdiendo el beneficio de reducción de la pena.
  7. Conducción sin carnet VMP. La regla general es que se pueden conducir sin carnet, quedan fuera del tipo penal. Pero el Atestado debe realizar un informe técnico. Ya que si está “trucado”, y supera una potencia y velocidad, la conducta es punible.

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