Puede sonar extraño que yo mismo como POLICÍA diga que he dejado de creer en la justicia, pero es verdad, me obligan a creer en ello ciegamente; nada va a reparar el daño que yo estoy sufriendo psicológicamente, ya no sólo por llevar el uniforme, sino porque yo creo en mi trabajo y en las personas que trabajan conmigo y sé que mi trabajo estuvo bien hecho aquella noche donde se celebraba una fiesta ilegal.
La justicia
Tantos años estudiando y aprendiendo los artículos de una Constitución que no se corresponde con la realidad. Tanto sin sentido para los que estamos cada día cumpliendo con nuestro deber y ahora yo soy el señalado, criticado por un juez que no me conoce de nada, que no estaba presente, que … tantos “ques” que se quedan en un limbo de incomprensión como las GAFAS DE MADERA de ciertos colectivos que deberían defendernos y que callan por miedo.
No se juzga una fiesta ilegal, ni a la señorita por ser nieta de… con su título nobiliario bajo el brazo. No se juzga a los intocables de clase A, se juzga a un policía por hacer allanamiento de morada cuando lleva la ley en la mano y ciento de artículos memorizados en su cabeza.
Quiero sin más que reflexionen con esta entrevista, que se pongan en el lugar de estos policías esa noche, que piensen en esas críticas y comentarios que este buen policía ha recibido de otros compañeros.
Todas las intervenciones son complicadas, hay policías que a veces actúan por encima de sus limitaciones y otros como ellos que estuvieron ahí fuera en ese rellano de las escaleras bastante tiempo intentando por todos los medios hacer entrar en razón a esas personas que se sienten intocables por ser de clase “VIP” y donde todas las reglas de este juego cambian por completo.
Yo entiendo lo que entiendo y después de ver los vídeos de la intervención entiendo que los jueces tiran más al lado político que al proceder del bien y sancionar lo que se debe sancionar. Porque NADIE está por encima de la LEY, ni siquiera los jueces.
En la fiesta ilegal que tanto hemos oído hablar fue allanamiento de morada, resistencia a la autoridad…tan difícil hubiera sido abrir la puerta y hablar cara a cara con la policía, ¿Qué es lo que realmente se esconde y no sé cuenta y que ningún otro medio de comunicación quiere decir?
Como bien dices hay muchas cosas de las que no se ha hablado ni se hablará, todo el mundo habla siempre de derechos pero nunca se citan, o mejor dicho parecen querer ignorarse, las obligaciones que todos los ciudadanos tenemos y entre las que se encuentra la de identificarnos ante un agente de policía cuando nos solicite la documentación para sancionar una infracción administrativa, cualquiera que sea el lugar en el que nos pidan la documentación estamos obligados a entregarla, aunque sea en el rellano de la escalera o en la puerta de nuestra casa, lo dice la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana que además exige a los ciudadanos colaborar y no obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.
La orden de abrir la puerta tenía la finalidad de poder entrevistarnos e identificar a los infractores que esa noche se encontraban en el piso, donde además no figuraba nadie empadronado, en un momento en que las reuniones de personas no convivientes en espacios privados estaban prohibidas por la ley. Se podía haber solucionado como otro tanto de decenas de fiestas en pisos a las que hemos acudido durante la pandemia, gente normal que, aunque infringe la ley, cuando se presenta la Policía en su casa respetan el principio de autoridad y cumplen con sus obligaciones legales abriendo la puerta para identificarse y marchándose del inmueble las personas que no convivían en el interior, ahí se pone fin al asunto, una intervención limpia y rápida que a todos los policías es la que nos gusta tener.
Sin embargo, esta vez no fue así, las personas que estaban dentro del piso se negaron a cumplir con la obligación de salir a identificarse, así como a poner fin a la actividad ilícita que se estaba llevando a cabo en el interior del piso desde hacía al menos tres días, que es el tiempo que llevaban de fiesta los infractores con trasiego continuo de personas en el inmueble. Además, como a las dos patrullas de Policía Municipal y Policía Nacional que habían acudido los días precedentes tampoco les habían abierto la puerta y se habían marchado sin repercusión alguna, esto había reforzado la falsa creencia de que el interior de piso en el que se hallaban era un espacio de anomía total so pretexto de que en una propiedad privada “todo vale”, una especie de espacio burbuja en el que no rige el imperio de la ley y en donde no se está obligado a nada; ni a cumplir la normativa sanitaria dictada por la pandemia, ni a cumplir las ordenanzas municipales en materia de ruidos, ni a cumplir con la obligación de identificarse ante los agentes de la autoridad.
La orden que se les dio reiteradamente hasta en casi treinta ocasiones durante veinte minutos para que salieran a identificarse, con la doble finalidad de poner fin a la conducta infractora que llevaba produciéndose tres días así como poder sancionar a todos los asistentes a la fiesta, era plenamente legal y protectora del derecho a la inviolabilidad domiciliaria, pues dicha inviolabilidad protege el domicilio de una persona de injerencias externas, pero no la imposibilita para salir del mismo parapetándose en el interior con la finalidad de evitar ser sancionado y seguir cometiendo la infracción de forma permanente e impune como llevaban haciendo tres días, mientras el resto de ciudadanos cumplían la ley vigente en esos momentos estas personas vivían en un incumplimiento continuo de la ley. Si hubieran salido no hubiera sido necesario entrar, pues no hubieran cometido el delito flagrante de resistencia y desobediencia grave a agentes de la autoridad que fue el motivo real de la entrada al piso y no el simple hecho de estar haciendo una “fiesta ilegal” como muchos medios intentaron hacer ver.
Cualquier policía de nuestro país sabe que estamos facultados para pedir la documentación a las personas sobre las que tengamos indicios de que han cometido una infracción administrativa, nosotros tenemos la obligación de identificar a los infractores de la ley y los infractores tienen la obligación de identificarse ante nosotros, es una premisa fundamental establecida por la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana y el hecho de negarse a identificarse de forma reiterada, tal y como establece la misma ley en su artículo 16.5, constituye un delito flagrante de resistencia o desobediencia grave a agentes de la autoridad, además hay copiosa jurisprudencia en la materia que corrobora este extremo, entre otras la STS 191/2021 o la STC 341/1993, por no hablar de numerosos precedentes de varias Audiencia Provinciales. Si no se considera delito de desobediencia grave por negativa reiterada a identificarse que la policía te pida la documentación hasta en treinta ocasiones durante más de veinte minutos y tú te niegues a dársela en todo momento, yo ya no sé que se puede entender por delito de desobediencia grave entonces…
Si infringes la ley en tu domicilio y a la llegada de la policía les abres la puerta entregándoles tu documentación te expones a ser denunciado, pero si cuando llega la Policía a tu casa ni les abres la puerta ni te identificas no pasa nada, tranquilo que los agentes se van a marchar sin repercusión alguna porque no van a poder denunciarte si no tienen tus datos ¿ese es el falso mensaje que queremos trasladar a los infractores de la legalidad?
¿Quién interpone la querella contra los 6 policías? ¿Por qué en un principio el Señor Marlasca apoyó la intervención y después parece que se ha retirado sin dar opinión de lo que está sucediendo?
La querella la interpone el inquilino del inmueble donde se celebraba la fiesta.
Sobre el Sr. Marlasca no lo conozco personalmente y como político no voy a opinar, pero sí me consta, por muchos compañeros que han trabajado con él, como por ejemplo mi padre, que durante su etapa judicial ha sido uno de los mejores Jueces de este país. Que el defendiera la intervención creo que tuvo dos vertientes; una positiva, ya que un exmagistrado de la Audiencia Nacional con décadas de experiencia consideró correcta nuestra forma de intervenir aquel día y otra negativa, pues se desvió nuestra intervención hacia una deriva política que se utilizó de manera partidista a nivel mediático, se nos ha acusado desde ser la policía fascista del Estado opresor hasta unos policías bolivarianos a servicio de una nueva dictadura comunista implantada por el gobierno actual… han querido convertir nuestra intervención en algo político, cuando en absoluto lo es, ese día no se seguían ordenes políticas, solo hicimos cumplir la ley, que es para lo que nos pagan el sueldo los ciudadanos.
¿Es verdad que durante la conversación hay personas que querían salir de la casa y no se les permitió?
Sí, en el vídeo que tenemos de nuestra intervención son varias las personas que de forma inopinada y libre nos manifiestan espontáneamente que querían salir y no las dejaban, ahí están las grabaciones completas en sede judicial para demostrarlo, son más de dos horas continuas de grabaciones mías y de mi compañero, no tenemos nada que ocultar, si fuera así no hubiéramos aportado las grabaciones integras a la causa.
De hecho, el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid que entendió inicialmente del asunto y fue el primero en tener a su disposición nuestras imágenes abrió diligencias previas contra todos los detenidos no solo por un presunto delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad, sino también por un presunto delito de coacciones.
¿Quién es si se puede decir la señorita que había en esa fiesta ilegal?
Pues curiosamente, a través de fuentes públicas, la mujer de un compañero ha podido averiguar que una de las personas detenidas esa noche es la nieta de un exministro de Justicia y expresidente de las Cortes Generales españolas, incluso su familia tiene un título nobiliario concedido por el Estado en agradecimiento a los servicios prestados por su abuelo.
Y es que el retrato del abuelo de esa persona detenida está colgado en el Congreso de los Diputados, cuesta de creer, pero es así, para más “inri” se puede ver en nuestro vídeo de la intervención como esa persona precisamente es la única que nos amenaza veladamente sobre que se nos iba a caer el pelo porque no sabíamos con quién estábamos tratando… ¿casualidad con todo lo que ha ocurrido? no lo sé…
Hubo algún compañero que me comentó que consideraba una locura haber intervenido de esa manera en el barrio de Salamanca, que si hubiera sido en Puente Vallecas, Usera o Carabanchel vale, pero que en el barrio de Salamanca donde se maneja tanto dinero y poder ese tipo de intervenciones no pueden llevarse a efecto, por muy legal que sea el hacerlo. Yo le contesté que soy un romántico de esta profesión y que después de casi veinte años en el cuerpo sigo creyendo en la igualdad de las personas ante la ley, para mí nadie está por encima de la ley. El día que tenga que intervenir de forma distinta según la persona con la que trato, según el barrio de Madrid en el que intervengo o según el estrato social al que pertenezca la persona a la que pido que se identifique, ese día cuelgo el uniforme y dejo la Policía por que dejaría de creer en este trabajo.
¿Molestar a los vecinos durante varios días no es una infracción?
Sí, el tema de ruidos y molestias vecinales está prohibido por una ordenanza municipal del Ayuntamiento de Madrid, y ese malestar de los vecinos que llevaban tres días sin dormir por los ruidos fue lo que hizo que llamaran al 091 por tercer día consecutivo para solicitar presencia policial. Nosotros acudimos a ese piso requeridos por los vecinos, fuimos testigos de su desesperación e impotencia ya que, como dije, cuando llegamos nosotros era la tercera vez que acudía la Policía al piso sin que se hubiera solucionado el problema todavía, siempre que llegaba la Policía se reproducía la situación de negarse salir a identificarse, así como a poner fin a la situación ilícita que estaban protagonizando sus autores, en cuanto la Policía se retiraba sin hacer nada volvía la música, la fiesta y los ruidos Nosotros, con la ley en la mano, pusimos fin a aquella situación antijurídica.
Creo que además es interesante hacer hincapié que el fin de semana que ocurren los hechos entre Policía Municipal y Policía Nacional se desmantelaron en Madrid más de 500 “fiestas ilegales”. Hay que poner nuestra intervención en sintonía con ese momento social en que nos encontrábamos entonces, era una locura todo y la situación requería una actuación decidida de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que la normativa vigente en aquel momento se cumpliera, no de cualquier manera o a cualquier precio, sino actuando con la ley en la mano, por que no me cansaré de repetirlo, lo que hicimos aquella noche lo hicimos con la ley en la mano. Muchas personas no son conscientes de que el personal sanitario lucha contra la pandemia en los hospitales para mitigar sus efectos, mientras los policías luchamos contra la pandemia en la calle para impedir la propagación del virus, eso fue lo que hicimos aquel día, nada más.
¿Usted pensó en algún momento que debería haber solicitado una orden judicial para entrar en aquel piso alquilado o no había momento de espera para proceder como se hizo?
Por supuesto que no me planteé en ningún momento la posibilidad de solicitar una orden judicial para entrar ¿por qué? Pues simplemente porque nos encontrábamos ante uno de los supuestos habilitantes para entrar de propia autoridad al interior del inmueble sin necesidad de mandamiento judicial, la existencia de un delito flagrante.
Y es que había a todas luces un delito flagrante de desobediencia grave basado en tres motivos; el primero la negativa reiterada a identificarse tras treinta requerimientos que se les hizo durante veinte minutos para hacerlo, el segundo la negativa reiterada también a cumplir las órdenes que se les daban para que los no convivientes salieran del domicilio dejando así de contravenir la normativa sanitaria dispuesta en aquellos momentos para impedir la propagación del COVID-19 y tercero el incumplimiento también de la orden que se les daba para que cesaran con los ruidos o molestias vecinales que llevaban produciéndose tres días consecutivos.
Estos tres incumplimientos, y específicamente el de negarse reiteradamente a identificarse ante los agentes tras treinta requerimientos durante veinte minutos, constituyen el delito flagrante de desobediencia grave que posibilita la entrada sin necesidad de solicitar mandamiento judicial.
Es curioso que ahora muchos supuestos “expertos” hablen de los requisitos jurisprudenciales para la entrada por delito flagrante: inmediatez temporal, inmediatez personal y necesidad urgente de intervención, y aunque yo mismo los plasmé en mi comparecencia, pues conozco de su existencia y considero que para nuestro caso además se daban los tres, lo cierto es que ni la Ley de Enjuiciamiento Criminal ni la Constitución Española los exigen como requisito para la entrada por propia autoridad de la Policía a un domicilio, es más, su aplicación en sede judicial queda normalmente reservada a supuestos de intervenciones de unidades de investigación, en funciones específicas de Policía Judicial y en el curso de procesos de investigación criminal, donde lo que se busca es preservar y garantizar la integridad de las pruebas o efectos del delito que se puedan hallar en un domicilio y en donde, no pedir mandamiento, puede suponer que dichas pruebas halladas en el interior del inmueble queden anuladas llevando al traste todo el trabajo de investigación policial realizado hasta entonces.
Precisamente ahí está uno de los errores que más veo en relación a nuestra intervención. Al aplicar los principios de intervención de Policía Judicial a nuestra entrada en labores de Seguridad Ciudadana muchas personas consideran que debíamos pedir mandamiento por que no existía riesgo de pérdida o destrucción de pruebas de delito, cuando la jurisprudencia tanto del Supremo como del Constitucional ha recalcado que también es un supuesto habilitante para la entrada por delito flagrante el mero hecho de la necesidad de conseguir llevar a efecto la detención del autor o en este caso autores del delito flagrante. Y es que a muchas personas se les olvida que el artículo 492 de la LECrim nos obliga a los policías a detener a los autores de delito flagrante, facultándonos el artículo 553 de la misma norma para entrar a los domicilios a los efectos de poder conseguir practicar tal detención, que es nuestra obligación.
Las unidades de Seguridad Ciudadana no actuamos en funciones específicas de Policía Judicial, actuamos “en caliente” sobre sucesos “en tiempo real” que debemos manejar y controlar tomando decisiones en pocos minutos que muchos juristas tardarían días, meses o incluso años en tomar. Hubiera acudido a solicitar la orden si hubiera tenido indicios de delito, por ejemplo, cuando creemos que en un piso se trafica con droga, pero cuando somos nosotros mismos los que presenciamos el delito por nuestros sentidos aparece la nota de flagrancia que posibilita la entrada de propia autoridad al inmueble, sin necesidad de mandamiento judicial ni autorización del titular.
¿Sabes cuántas órdenes judiciales de entrada se ha solicitado por la Policía Nacional o Policía Municipal de Madrid en relación a “fiestas ilegales” en domicilios durante toda la pandemia? Cero, sí, sí, cero, ninguna, pero sin embargo a nosotros en nuestro caso parece que ahora quieren exigirnos que la hubiéramos solicitado cuando nadie lo ha hecho antes, porque simplemente no es necesario, no sé hace. Lo que sí hemos hecho antes, tanto nosotros como muchos otros compañeros de otros cuerpos de policía en todo el país, es acceder por la fuerza y sin mandamiento al interior de un inmueble para detener a quien se niega reiterada y continuamente a cumplir la ley e identificarse. Tengo decenas de intervenciones anteriores a esta en que hemos hecho lo mismo e incluso se ha condenado por desobediencia grave a las personas que detuvimos ¿por qué esta es diferente al resto? ¿es por las personas implicadas en el caso? ¿es por la mediatización y sensacionalismo carente de todo rigor que siguieron los días posteriores a nuestra intervención? ¿es por la deriva política que ha cogido el suceso? No lo sé, pero lo que sé es que nada de esto es justo…
También me encuentro a menudo que los mayores defensores en la creencia en que teníamos que haber solicitado un mandamiento son los que menos experiencia operativa tienen en la materia de Seguridad Ciudadana, es decir, aquellos que no se han subido a un Zeta en su vida. Cuando se pide un mandamiento, en caso de hacerse, debe de montarse una custodia en el lugar a la espera de que sea concedido, o no, por la autoridad judicial ¿dejamos una pareja de policías custodiando el piso? ¿qué pasa si salen de golpe todas las personas del interior del inmueble a la vez? ¿dos agentes van a poder hacerse con catorce, veinte o treinta personas sin resultar heridos ni lesionados? ¿montamos una custodia por cada piso donde los infractores hayan decidido desobedecer gravemente a los agentes de la autoridad negándose a salir para identificarse en un fin de semana en el que hubo más de medio millar de “fiestas ilegales”?… no tenemos recursos ilimitados y parte de mis labores es optimizar los recursos disponibles para poder prestar el mejor servicio de seguridad pública posible a los ciudadanos, no es justo que si alguien necesita a la Policía no pueda gozar de su protección por que un grupo de infractores ha decidido que no está dispuesto a cumplir con las obligaciones legales que tiene y la Policía, aun pudiendo poner fin de inmediato a esa situación, haya decidido por querer ser excesivamente legalista custodiar el lugar donde se hayan los infractores a la espera de que estos se “cansen” y decidan salir a identificarse cuando se les antoje a ellos y no de inmediato, como les exige hacer la ley…
La solución en aquella intervención era o irnos sin hacer nada, como habían hecho las patrullas previas que habían acudido allí los días precedentes, o intervenir como lo hicimos, no había medias tintas, o entramos todos allí a la vez juntos o no iba a dejar a nadie allí custodiando el lugar para jugarse el físico y detraer patrullas de la calle, el único perjudicado de hacer eso sería el propio ciudadano, no sé si en otras ciudades medidas de ese tipo serán posibles de tomar operativamente hablando, pero en Madrid y aquella noche sin duda no lo era.
¿Cuánto tiempo estuvieron escuchando detrás de la puerta lo que ocurría dentro? He leído que todo se hubiera arreglado con una simple sanción por la vía administrativa pero si no te abren la puerta ¿Cómo se sabe a quienes se redacta esa sanción?.
Desde que llegamos hasta que entramos pasaron veinte minutos y treinta requerimientos para que salieran a identificarse, les dije mi número de carnet profesional hasta en nueve ocasiones, se lo di dígito a dígito y en formato natural, íbamos perfectamente uniformados pero como manifestaban tener dudas de que fuéramos policías les ofrecimos llamar al 091 y preguntar si había tres patrullas en la puerta de su casa, no lo hicieron lógicamente porque no dudaban que fuéramos policías, lo que buscaban era un excusa para no cumplir con sus obligaciones de salir del piso a identificarse.
Durante esos veinte minutos se les aviso en casi una docena de ocasiones que en caso de negarse a identificarse reiteradamente cometerían un delito flagrante de desobediencia grave a agentes de la autoridad que daría lugar a que entráramos por la fuerza al interior del inmueble a los solos efectos de lograr su detención, también hicieron caso omiso de todas esas advertencias.
Como dijo una de las vecinas afectadas en declaraciones a televisión todo fue un proceso muy largo en el que los agentes intervinientes intentamos buscar todas las vías posibles antes de recurrir a la entrada por la fuerza al interior del inmueble, informando a los infractores tanto de sus derechos como de sus obligaciones legales a salir para identificarse y a colaborar con los agentes en las comprobaciones y prácticas de identificación, así como las consecuencias legales en caso de no hacerlo, por desgracia nada de eso sirvió.
Efectivamente, como tu misma afirmas en tu pregunta, si hubieran salido y se hubieran identificado todo habría acabado en una mera denuncia administrativa, las personas que no convivían en el interior se hubieran marchado y hubiéramos puesto fin a aquella situación antijurídica permitiendo además el descanso de los vecinos que nos requirieron. Si hubieran cumplido con la obligación de salir a identificarse no hubiera sido necesario tirar ninguna puerta ni detener a nadie, nosotros simplemente nos adaptamos a la conducta exhibida por los infractores, porque si los infractores no se identifican… ¿cómo podemos los policías denunciar a los autores de la infracción? ¡para evitar que la policía te denuncie sería tan sencillo como negarte a identificarte y los agentes no podríamos hacer nada! ¡sin datos no hay denuncia!
Por ese motivo, para evitar esa cláusula de impunidad que permitiera a los infractores administrativos librarse de la sanción simplemente negándose a identificarse, el legislador obliga a todos los ciudadanos a identificarse ante la policía cuando se les requiere por haber cometido una infracción, y concretamente señala en el artículo 16.5 de la Ley Orgánica 4/2015 que en los casos de negativa a identificarse se estará a lo dispuesto en el Código Penal, es decir, se cometerá un delito de desobediencia grave que lleva aparejada tu inmediata detención…
Dado que el caso está siendo más complicado de lo que parecía en un principio y que nadie quiere pillarse los dedos en una declaración, me hace pensar y recapacitar sobre lo que sucede y es que por ser quién es esta señorita la ley no es igual para todos, se juzga a un policía por ser un policía y no sé juzga por lo penal una fiesta ilegal en mitad de la pandemia cuando los demás sí cumplíamos con las leyes.
Sí, es una apreciación que a mi me parece bastante razonable y acertada. Al final en la práctica los que llevaban de fiesta tres días, molestando a los vecinos sin dejarles dormir, incumpliendo la prohibición de reunirse no convivientes en domicilios, de fiesta mientras otros no podíamos ver a nuestros padres, amigos ni familiares, cuando morían cientos de personas al día, todo ello encima riéndose de la Policía, ya que durante esos tres días habían acudido varias patrullas al inmueble sin que las personas reunidas dentro se identificaran ante los agentes ni cesaran la fiesta ilegal, esas personas que han hecho todo eso se han ido literalmente de rositas, sin ningún tipo de sanción y los policías ahora somos los “malos” y a los que se nos va a juzgar, parece una broma, pero no lo es, esto es España.
¿Podríamos decir que se le juzga a usted por realizar su trabajo?
Sí, sin duda alguna, a mí y a mis compañeros se nos está juzgando por hacer bien nuestro trabajo, por emplear los recursos y herramientas legales de los que nos dota la ley para hacer cumplir la propia ley, se nos juzga por estar comprometidos con el servicio que prestamos a los ciudadanos, se nos juzga por luchar con las herramientas legales que tenemos para impedir la propagación de la pandemia mundial que ha dejado ya más de 100.000 muertos en nuestro país, muerto de los cuales parece que no hemos aprendido nada todavía, se nos juzga por actuar en defensa de los derechos de otros ciudadanos que cuando requieren a la Policía, a nosotros, esperan que les demos una solución y no simplemente que nos vayamos de allí sin hacer nada, cuando la propia ley si nos autoriza a hacerlo.
Todavía muchas personas no se dan cuenta que lo fácil para nosotros hubiera sido irnos de allí sin hacer absolutamente nada de nada, como ya habían hecho otras patrullas anteriores, y precisamente por querer hacer, por querer ayudar, por querer dar una respuesta y solucionar el problema de los vecinos, es por eso por lo que estamos aquí, por trabajar.
¿Crees que vas a salir victorioso del atropello que se está cometiendo contigo?
Sí, estoy seguro de ello, aunque tengo la impresión de que por desgracia será más tarde que temprano, ojalá me equivoque. No puedo ignorar que después de todo esto he perdido un poco la fe en la justicia; personas ebrias de fiesta continua tres días poniendo en riesgo la salud de todos los ciudadanos, dejando sin dormir a vecinos durante todos ese tiempo, negándose reiteradamente a identificarse ante la policía durante veinte minutos y tras treinta requerimientos… pero el problema soy yo, el policía que acudió a poner fin a todo eso, al que se ha de juzgar es a mí y a mis compañeros, los que han dado lugar a todo esto se han ido de rositas, sin tan siquiera un solo euro de sanción y el que se está jugando su trabajo y su futuro, así como el de su familia, soy yo… si esa noche me cuentan que iba a acabar todo así no me lo hubiera creído jamás.
Además, no me da muchas esperanzas que la sección de la Audiencia Provincial que entendía del caso en su día, sin habernos tomado declaración ni ver el vídeo de nuestra intervención, se pronunciara tan contundentemente contra nuestra intervención como lo hizo en auto en el que manifestaba literalmente “Entendemos que se ha producido por parte de los agentes de la policía, un exceso en el ejercicio de la autoridad, con infracción del derecho a la inviolabilidad del domicilio”. Todavía me duele cuando leo esa frase ¿cómo pudieron juzgarnos así sin habernos si quiera visto o escuchado? ¿sin ver nuestro vídeo? ¿se dejaron llevar los magistrados por lo que habían visto en televisión? No lo entiendo… Eso lo decía la Audiencia Provincial de Madrid en un auto que resolvía un recurso, no era una sentencia, pero pese a ello en aquel auto nos estaban ya sentenciando sin habernos siquiera escuchado ¿dónde estaba ese día el famoso principio de la presunción de inocencia que debe tener todo reo? ¿dónde quedó aquello de que todo juez debe partir de la posición de que todo el mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario? ¿dónde estaba el vocablo “presuntamente” que siempre se utiliza judicialmente cuando todavía no hay algo juzgado? Por qué el auto de la Audiencia Provincial de Madrid no decía que se ha producido presuntamente o se podía haber producido presuntamente, decía “se ha producido por parte de los agentes de la policía, un exceso en el ejercicio de la autoridad” esa lapidaria frase no la voy a olvidar en la vida…
¿Qué dicen tus compañeros respecto a todos estos acontecimientos que parecen más una trama política que una intervención policial?
Pues hablando mal y pronto… que es una mierda, que es una auténtica vergüenza lo que nos está pasando, que es repugnante que se premie al infractor de la legalidad y se castigue o pretenda castigar a los que defendemos la ley y el orden, que todo esto es un sin sentido y una auténtica distopía totalmente disparatada, que se utilice nuestra intervención como arma política arrojadiza es totalmente deleznable e insultante, los policías cuando nos ponemos el uniforme no entendemos de política, solo de leyes ¿cuesta tanto entender eso?
¿En qué punto está la investigación? yo te veo muy seguro de lo que se hizo, del cómo se hizo y del porque se hizo…
Lo primero que quiero aclarar es que la situación actual en que nos encontramos judicialmente es porque una sección de la Audiencia Provincial de Madrid interpretó en un auto, en contra de la Fiscalía, del Juez de Instrucción que llevaba la causa y sin escuchar nuestra versión de los hechos ni ver el vídeo completo de nuestra intervención, que jamás puede ser delito la negativa reiterada a identificarse ante un policía, da igual cuantas veces te niegues a identificarte, que te niegues en tu casa o en la calle, que te niegues cinco o cincuenta minutos, la negativa a identificarse según dicha sección de la Audiencia Provincial de Madrid jamás podrá constituir un delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad, y por lo tanto, nunca cabe la detención. De esa manera, en el caso que nos ocupa y objeto de tanta controversia, consideraron que la entrada que efectuamos al inmueble donde se celebraba la fiesta ilegal aquella noche se hizo sin mediar causa por delito alguno, pues según ellos jamás es delito negarse a identificarse ante la policía. Tal es así que la acusación actual a la que me enfrento es la de allanamiento cometido por particular, no por funcionario público, es decir la misma que si fuera de servicio me hubiera ido a una casa de Madrid al azar y hubiera derribado la puerta por mi cuenta y riesgo, porque sí, porque me dio la gana y me apetecía, esa es la situación actual en la que me encuentro judicialmente y sin embargo nadie me acusa de detención ilegal ¿sorprendente no crees?
Claro, quizás tenga algo que ver el hecho de que una de las personas detenidas pidió Habeas Corpus y la Juez de Instrucción que lo resolvió se pronunció favorablemente a nuestra intervención indicando que efectivamente existía un presunto delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad por negativa reiterada a identificarse… muchos son los dislates de la causa judicial en la que me encuentro incurso y, entre ellos, uno de los que más llama poderosamente la atención es que, a lo largo del proceso, son diversos los órganos judiciales que entre ellos se han contradicho, unos considerando que había perfecto soporte legal en la forma policial de intervenir aquel día y otros condenándolo como un exceso.
Sin duda estoy seguro de que lo que hice y ordené hacer a mis agentes aquel día era plenamente legal, si no hubiera estado seguro de que lo que hacía era legal no lo hubiera hecho, llevo casi dos décadas trabajando en la calle, he tenido intervenciones de todo tipo, sé lo que hago y como lo hago, quien me conoce bien sabe cómo trabajo… Por eso voy a ir con todo esto hasta el final me cueste lo que me cueste, es una cuestión de principios, no ya solo por mí, si no por todos mis compañeros, por que después de nuestro caso vendrán otros más, hay que crear un precedente. No vamos a dejarnos pisar por nadie, por que los policías estamos hartos del sinsentido en que quieren convertir nuestro trabajo, la sociedad demanda una policía proactiva y capacitada para resolver sus problemas, sin embargo cuando utilizamos las herramientas que nos confiere la ley para solucionar esos problemas de los ciudadanos se nos tacha de excesivos y se nos juzga como delincuentes, si por el contrario no hacemos nada la pregunta es entonces “para que servimos” y se nos considera un gasto superfluo…
Mientras pasa esto nadie ve la perdida continua de respeto que nos encontramos en la calle, por cualquier actuación, da igual lo nimia que sea, siempre hay alguien que se enfrenta a nosotros solo por hacer nuestro trabajo, ya nadie respeta el principio de autoridad que representamos y casos como el mío no ayudan, al contrario, cada vez te piden más el número de placa para denunciarte por cualquier tontería, todos conocen a un Juez, a un Fiscal o a un Comisario que van a arruinar nuestra carrera profesional, todos conocen sus derechos pero ninguno sus obligaciones… al final, tarde o temprano, el sistema policial va a colapsar y entonces, solo entonces, se darán cuenta de que lado debían haber estado, del lado de la ley, del lado de la Policía.
¿Los sindicatos policiales que opinan?
Bueno, quitando a un sindicato que sí se ha comprometido con nuestra causa, la gran mayoría o han obviado el tema y directamente han evitado pronunciarse, o lo que incluso es peor, los hay que, entrando al juego de convertir nuestra intervención en algo partidista, han criticado abiertamente y sin fundamento nuestra forma de proceder aquella noche.
Lo bueno es que todos los que se han opuesto públicamente a nuestra intervención sabemos que no se han puesto un uniforme y salido a la calle a patrullar en su vida, por lo que no tienen capacidad profesional, ética ni intelectiva para opinar sobre algo que desconocen. Lo malo es que el espectador que ve a una persona en la tele con el subtitulo de “policía” cree que está perfectamente capacitado para hablar de una intervención policial, eso ha sido lo más doloroso de todo, ver como algunos de nuestros propios compañeros nos han criticado ferozmente y de forma totalmente gratuita sin que nosotros pudiéramos defendernos.
h50 publica este artículo realizado por la mujer que se encuentra detrás del perfil de Instagram @laflordehielo, con la colaboración de @cops_ayudar_proteger
Así que le duele que algunos compañeros les hayan criticado, lo de “si se hubieran preparado con nosotros sabrían como actuar” o barrabasada parecida que dijo después de la actuación, tratando de tontos a los que no hubieran actuado como ellos, de eso no se acuerda?
Pues mire por donde al final un juez dirá si es tan listo o si ha meado fuera del tiesto.
Siento mucho lo que estás sufriendo. Ha sido una bofetada para ver la realidad… La justicia no existe… No somos todos iguales antes la ley.. La CE es un absurdo y sarcástico texto…El que hace la ley hace la trampa… Podría decir tantas cosas pero no quiero extenderme… Vosotros sois herramientas de un sistema corrupto y ineficiente…Tenemos unos legisladores/jueces que VÁLGAME dios!!! Hay cada sentencia que a veces pienso que los jueces están borrachos… Sólo puedo desearte suerte y ánimo!
El tema no fue fácil pues muchos juristas y expertos ni se ponían de acuerdo.. de todas maneras con lo fácil que era llamar al juez de guardia y ya está y te lavas las manos.. Que testarudo!! Piénsalo otra vez, romper una puerta para entrar a un domicilio por una fiesta ¿en serio? (aunque haya desobedecido mil veces) Es verdad que la chica que se comportó mal, y muy prepotente por cierto, pero fue mas lista..
Espero que todo acabe bien para los compañeros, pero si todos aplicásemos la misma teoría no existirían los mandamientos judiciales de entrada, ya que tú vas a un domicilio solicitas que abra la puerta, no la abre y solicitas 40 veces que se identifique, y no lo hacen, ¿delito flagrante?. Creo que no.
Este caso tiene luces y sombras pero, de un modo u otro, aquí se aprecia la ambigüedad de las leyes que hacemos cumplir. Y para mí, una ley no debería dejar lugar a dudas o cuestiones que pendan de un hilo y pueda declinarse tanto para un lado como para otro.
En todo caso, ánimo para el agente implicado y sus compañeros.
Todo mi apoyo a los agentes. Ya me gustaría a mí que todos los policías hicieran lo mismo, así, por ejemplo, mis vecinos dejarían de molestar noche tras noche. Ánimo y fuerza.
Sr. agente, le sugiero que, la próxima vez consulte el art. 18 de la Constitución, el art. 402 del Código Penal y el art. 545 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, además de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/85 y el Real Decreto sobre Regulación de la Policía Judicial 769/87, porque en este país impera el Estado de Derecho. Además, también le sugiero que no culpe de sus errores a los políticos o a los jueces, porque gracias a ellos estamos a salvo de los que se creen ser titulares de los derechos cívicos. Por último, le aconsejo que no vuelva a apoyar sus actuaciones en lo que ha aprendido en su academia policial, donde el nivel, hasta hace un tiempo, no pasaba de Graduado Escolar.