El Tribunal Supremo ha ratificado que se han vulnerado derechos fundamentales de sanitarios del Servicio Vasco de Salud y agentes de la Ertzaintza por falta de equipos de protección contra la pandemia de la covid-19, tal como determinó el TSJPV.
El Pleno de la Sala de lo Social del TS ha examinado dos recursos de casación en materia de medidas de prevención de riesgos laborales en relación con el coronavirus en el ámbito del Osakidetza y de la Policía autonómica vasca.
En primer lugar, el Tribunal ha considerado que es competente para resolver en materia de prevención de riesgos laborales para el personal laboral, estatutario y funcionarial de las Administraciones Públicas y, en concreto, del Servicio Vasco de Salud y de la Ertzaintza.
Asimismo, considera adecuado el proceso de tutela de derechos fundamentales, en concreto a la vida y a la integridad física, por “las extraordinarias circunstancias en las que el personal sanitario y la Policía han tenido que efectuar su trabajo durante el periodo inicial de la pandemia”.
El Pleno de la Sala de lo Social, por unanimidad, ha reconocido a los sindicatos legitimación para solicitar la tutela de estos derechos fundamentales, dado que los posibles afectados constituyen un grupo de personas genérico e indeterminado.
Además, ha ratificado las sentencias recurridas de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que habían considerado lesionados los derechos fundamentales de los sanitarios de Osakidetza y de la Ertzaintza.
Nota de la Sala Cuarta. Recursos de casación 105/2020 y 129/2020
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha examinado dos recursos de casación en materia de medidas de prevención de riesgos laborales en relación con el COVID 19, en el ámbito del Servicio Vasco de Salud y de la Ertzaintza, respectivamente.
Por unanimidad ha dictado dos sentencias en las que ha adoptado las siguientes decisiones:
1.- Reafirmar su propia competencia en materia de prevención de riesgos laborales para el personal laboral, estatutario y funcionarial de las Administraciones Públicas y, en concreto, del Servicio Vasco de Salud y de la Ertzaintza.
2.- Considerar adecuado el proceso de tutela de derechos fundamentales, en concreto a la vida y a la integridad física, por las extraordinarias circunstancias en las que el personal sanitario y la policía han tenido que efectuar su trabajo durante el periodo inicial de la pandemia.
3.- Reconocer a los sindicatos legitimación para solicitar la tutela de dichos derechos fundamentales dado que los posibles afectados constituyen un grupo de personas genérico e indeterminado.
4.- Ha ratificado las sentencias recurridas de la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco que habían considerado lesionados los mencionados derechos fundamentales.
La sentencia se conocerá en las próximas semanas.