El Pleno ha decidido que se tramite como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.
El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-ley 30/2021, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 con 162 votos a favor, 153 votos en contra y 26 abstenciones. Además, se ha aprobado su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.
El texto del Gobierno, defendido ante el Pleno por la ministra de Sanidad, Carolina Darias, modifica el artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para establecer el uso obligatorio de mascarillas para las personas mayores de seis años en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, y en los transportes.
Se exceptúa su uso en exteriores durante la práctica de deporte individual, y en espacios naturales, siempre que, en ambos casos se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.
El real decreto-ley habilita, además, al Gobierno a modificar, mediante real decreto, la obligatoriedad del uso de la mascarilla cuando se den las circunstancias sanitarias apropiadas que así lo aconsejen en función de la evolución de los indicadores epidemiológicos de la pandemia.
Asimismo, se desarrollan dos medidas extraordinarias y transitorias, con el fin de garantizar las necesidades adicionales de profesionales sanitarios que puedan requerirse para atender las necesidades de la población.
Por un lado, se modifica el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma, para mantener hasta el 31 de diciembre de 2022 la posibilidad de que se contrate a profesionales de la Medicina y la Enfermería que ya hayan accedido a la jubilación, con el fin de realizar actividades asistenciales relacionadas con el COVID-19.
Por otro, se habilita la contratación de profesionales con título de especialista obtenido en Estados no miembros de la Unión Europea, que cuenten con un informe-propuesta condicionado del Comité de Evaluación, conforme a lo regulado en el Real Decreto 459/2010.
Finalmente, la disposición final primera modifica la disposición adicional cuadragésima sexta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con objeto de actualizar y mantener el poder adquisitivo de las pensiones y otras prestaciones públicas.