El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad de Vox contra varios preceptos del Decreto-Ley 463/2020, que declaró el estado de alarma para la gestión del Covid-19.
El Pleno del Tribunal Constitucional por mayoría ha resuelto que el confinamiento de la población decretado por Pedro Sáchez en marzo de 2020 ha sido impuesto al margen de la Constitución.
Así mismo, en su parte dispositiva ha dictado inadmitir la pretensión de inconstitucionalidad dirigida contra la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecían medidas excepcionales en relación con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID19.
Por otro lado, ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
“Solo VOX presentó una moción de censura contra este gobierno ilegítimo que pisotea la constitución con el apoyo de todos los partidos. Solo VOX hace frente a un gobierno ilegítimo instalado ya en la ilegalidad y en el abuso de poder”, ha manifestado Santiago Abascal en Twitter.
La mayor vulneración de derechos de la historia fue inconstitucional.
Solo VOX votó en contra.
Solo VOX recurrió ante el Tribunal Constitucional para defender los derechos y libertades de los españoles. https://t.co/dmWjjga4lq
— Santiago Abascal 🇪🇸 (@Santi_ABASCAL) July 14, 2021
En consecuencia, declarado inconstitucionales y nulos, con el alcance indicado en el fundamento jurídico 2, letra d); y con los efectos señalados en los apartados a), b) y c) del fundamento jurídico 11:
a) Los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7.
b) Los términos “modificar, ampliar o” del apartado 6 del artículo 10, en la redacción resultante del artículo único, 2, del Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo.
El Constitucional ha desestimado, en todo lo demás, el recurso de inconstitucionalidad.
Han formulado votos particulares el Presidente Juan José González Rivas y los magistrados Andrés Ollero, Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido y María Luisa Balaguer.
En los próximos días se notificará el contenido íntegro de la sentencia y de los votos particulares junto con una nota de prensa más amplia.