UGT pone de manifiesto que les llama especialmente la atención que la necesidad de cuidados, los centra en las personas menores de 14 años; cuando los cuidados de carácter puntual, se pueden plantear en cualquier momento de la vida. Por otra parte, si el objetivo del Plan está basado en la creación de un empleo de calidad, se debería de establecer un listado de las competencias profesionales y la acreditación formativa en cada uno de los empleos.
El plan, debe ser plenamente consciente que las necesidades de cuidados, no pasan exclusivamente por cuidados respecto al tiempo de ocio de los menores, sino que debe establecerse también de forma específica respecto a la dispensación de cuidados sociosanitarios que; ineludiblemente, pasan por las cualificaciones profesionales del sector. No compartimos que la experiencia de cuidados no profesionales tengan acceso directo a las bolsas de cuidados. Entendemos que la experiencia no profesional debe ser habilitada en un proceso de acreditación de competencias.
Sindicatos como UGT aseveran que deben asegurarse que el empleo generado sea público y de calidad, que venga a contribuir a dignificar el sector, con salarios dignos y unas condiciones laborales garantistas en derechos; puesto que desconocemos el tipo de contratación que se va a realizar. Cuestionan la calidad del empleo que se puedan generar y, consideran que precariza el empleo de las personas cuidadoras, al ser sometido a horas semanales y su posible efecto pernicioso en las cotizaciones sociales, máxime teniendo en cuenta que el plan fomenta el empleo de mujeres mayores de 45 años.
A su vez, el Plan Corresponsables debe asegurar que en las garantías de acceso al mismo, se cumplen determinados requisitos en los que deben ser prioritarias las personas con bajos ingresos teniendo en cuenta tanto las rentas como el patrimonio, las personas en riesgo de exclusión social, las familias monomarentales/monoparentales, etc. UGT valora que el Plan de preferencia a las familias monoparentales, algo en lo que ha insistido en varias ocasiones y recuerda que el 82% de ellas están encabezadas por una mujer.
Los cuidados de niños y niñas menores de 14 años, recaen tradicionalmente sobre las mujeres, que son quienes mayoritariamente acceden a una reducción de jornada laboral, con el consiguiente recorte en sus salarios, así como en la protección social vinculada durante toda su vida laboral y después de esta, en la jubilación. Sin embargo, no se ha previsto en este Plan el cuidado de mayores y otros dependientes, que a menudo provocan la salida del empleo asalariado de muchas mujeres sin posibilidad de retorno al ámbito laboral cuando la necesidad de cuidados ha desaparecido.
El sindicato demanda que la puesta en marcha de este Plan, sea abordado tanto su implementación como su puesta en marcha y su correspondiente evaluación en el marco del Diálogo Social con los Interlocutores Sociales; a la vez que debe formar parte y ser objeto de negociación en los correspondientes procesos de concertación social en cada una de las Comunidades Autónomas y en las ciudades de Ceuta y Melilla. Especialmente si tenemos en cuenta que se trata de una iniciativa de empleo, que pretende garantizar los derechos laborales, como así se expresa de forma reiterada en la nota que ha dado a conocer el Consejo de Ministros de ayer.
Transponer ya la Directiva sobre conciliación de la vida familiar y profesional
Asimismo exige la transposición de la Directiva 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y vida profesional de los progenitores y los cuidadores sin esperar el plazo de 3 años, (agosto 2022) que establece el texto comunitario cuyo objetivo es aumentar el número de mujeres que se incorporan al mercado laboral, aumentar la frecuencia con la que los hombres se acogen a permisos relacionados con la familia y a fórmulas de trabajo flexible y brindar a los trabajadores la posibilidad de obtener un permiso para cuidar de familiares que necesitan ayuda.
Esta Directiva, contempla entre otras medidas, que no disponemos en España:
- Un permiso parental con carácter individual e intransferible de 2 meses para cada progenitor y remunerados, de modo que se facilite el que ambos progenitores puedan disfrutar el permiso parental, hasta que el menor cumpla 8 años. Este permiso es distinto al permiso de paternidad y de maternidad recogido en la UE (En España actualmente denominados permisos por nacimiento).
- Un permiso para cuidadores de 5 días laborales al año a la que pueden acogerse las personas trabajadoras a fin de prestar cuidados o ayudas personales a un familiar o a una persona que viva en el mismo hogar que el trabajador y que necesite asistencia o cuidados importantes por un motivo grave. Para UGT es imprescindible que dicho permiso sea retribuido como establecía la propuesta inicial de la Directiva (que fue rebajada).
La retribución de los permisos parentales y permisos para personas cuidadoras sigue siendo una cuestión pendiente en nuestro país. Por ello consideramos que es necesario que esta Directiva Comunitaria sea transpuesta a nuestra legislación española, para corregir los déficits existentes en materia de permisos y corresponsabilidad.
Abogan por la creación de Escuelas Infantiles, públicas, gratuitas o asequibles y de calidad de 0-3 años, e implementar y reforzar un sistema de cuidados de calidad, atendido por profesionales. Se trata de evitar el abandono del trabajo por las mujeres.