En una nota de Prensa, la Jefatura Superior de Policía informa de la detención del grupo de jóvenes que el pasado mes de septiembre propinó una brutal paliza a otro joven.
Los hechos ocurrieron en mes indicado cuando, actuando en manada, al menos siete jóvenes agredieron a otro grupo en un bar de ocio del barrio San Armadams de Palma.
Se cebaron especialmente con dos a los que dieron una brutal paliza que pudo acabar con su vida. En todas partes del cuerpo puñetazos, patadas y golpes. Sufrieron atención hospitalaria y lesiones.
Meses más tarde, esta semana pasada se ha procedido a la detención de toda la manada de agresores, gracias a la labor del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional. Al parecer en la agresión estaba implicada una chica a la que podían haber “molestado”.
Delito de lesiones, artículo 147 código penal
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal