Esta semana, agentes de la Policía Federal Alemana CIU Halle (Bundespolizei CIU Halle) y la Policía Helénica/División de Extranjería de Attica (Elliniki Astynomia), con el apoyo de Europol, desmantelaron un grupo de delincuencia organizada especializado en tráfico ilegal de inmigrantes de Grecia a Alemania y otros países de la UE.
Durante la intervención policial simultanea, las autoridades alemanas inspeccionaron cuatro lugares, mientras que las autoridades griegas registraron dos casas y arrestaron a uno de los principales sospechosos. Durante los registros, agentes de la policía griega encontraron una gran cantidad de documentos de identidad en la casa del principal sospechoso. Anteriormente, las autoridades alemanas identificaron a cuatro sospechosos que residían en Alemania.
La red criminal, que ha estado activa desde 2020, está compuesta predominantemente por ciudadanos sirios. Los sospechosos facilitaban el acceso a los inmigrantes principalmente a través de vuelos desde Atenas a destinos en Alemania. Cuando la pandemia de COVID-19 provocó la limitación de vuelos, los delincuentes cambiaron sus rutas, optando por el transporte en barco a través del Mediterráneo.
Los sospechosos usaron documentos similares, tomados de personas que conocían, para inmigrantes principalmente de origen sirio. La red cobraba entre 3 500 EUR y 4 500 EUR por cada persona que introducía desde Grecia hasta su destino final en Europa Occidental.
Europol facilitó el intercambio de información y proporcionó apoyo analítico. El día de la acción, Europol coordinó las actividades policiales y cotejó la información operativa con las bases de datos de Europol en tiempo real para proporcionar pistas a los investigadores sobre el terreno.
Tal comportamiento delictivo está catalogado en España como Tráfico ilegal de inmigrantes y tipificado en el artículo 318.1 bis del Código Penal, que indica: “El que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea a entrar en territorio español o a transitar a través del mismo de un modo que vulnere la legislación sobre entrada o tránsito de extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a un año. Los hechos no serán punibles cuando el objetivo perseguido por el autor fuere únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate. Si los hechos se hubieran cometido con ánimo de lucro se impondrá la pena en su mitad superior”.