Denuncias de los ertzainas antes las graves injurias en un canal de YouTube que los tildan de “cipayos y medio alcohólicos”

Comparte ese artículo

Protestas de los sindicatos de la Ertzaintza, en concreto el SiPE dirige una carta ante las graves acusaciones de Ana Lindane en un video de una entrevista en el canal de YouTube, dirige una carta a h50 que publicamos literalmente: 

JUAN CARLOS SAENZ ALONSO, Secretario de Organización y Representante Electo del Sindicato Profesional de la Ertzaintza (SI.P.E.), con domicilio a efectos de  notificaciones en C/ Barroeta Aldamar nº 6, 2 izq.-dcha., C.P: 48001, Bilbao-Bizkaia, por medio de la presente, DIGO:

 Hemos tenido conocimiento como Ana Miren Hernández Unda más conocida como, Ana Lindane en un video de una entrevista en el canal de YouTube del programa La Entrevista HECD, ha insultado a los ertzainas faltando el respeto a la totalidad del colectivo a partir del minuto 30:10, del siguiente enlace: https://www.youtube.com/live/naFVmHWdQsY?si=S8S7J8Fp_CWs4ejl en el que tacha a los ertzainas como “cipayos y medio alcohólicos”, expresiones como la Comisaría de Zabalburu es una puta es poniendo en tela de juicio la profesionalidad de los  ertzainas que realizan su trabajo en dicho puesto, como consta  

Desde esta organización sindical queremos trasladarle que no podemos consentir este tipo de actitudes que menosprecian públicamente la labor de los agentes de la Ertzaintza sea en el Puesto de Zabalburu o en cualquier otra Comisaría o puesto donde desarrollamos nuestra labor de manera profesional.

Las citadas declaraciones podrían ser constitutivas de un presunto delito de odio del art. 510.2 del Código Penal  ya que lesionan claramente la dignidad del colectivo mediante una acción que entraña humillación, menosprecio y descredito al conjunto de la Ertzaintza.

Por todo ello SOLICITAMOS:

Que como responsable directo de Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco se tomen las medidas oportunas, trasladando dichas declaraciones al Gabinete Jurídico del Departamento para que actúe contra este tipo de declaraciones.

Que se nos informe de las medidas que se adopten conforme lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, en su artículo 21, y la Ley Orgánica 4/2001 de 12 de noviembre, en su art. 6.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Contenido protegido por derechos de autor c) 2021 h50. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de este contenido sin su previo y expreso consentimiento.