La propuesta del Grupo Socialista pretende realizar una reforma del Código Penal para castigar con prisión a quien “hostigue o coarte la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones en las proximidades de lugares habilitados para interrumpir embarazos, causando un menoscabo en la libertad o intimidad de esta”.
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este martes, 21 de septiembre, con 199 votos a favor, 144 en contra y 2 abstenciones, iniciar la tramitación de la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso en las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo, presentada por el Grupo Socialista.
Esta propuesta de reforma del Código Penal tiene por objeto añadir un nuevo artículo, que será el 172 quater, por el que se castigue con “pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad” a todo aquel que “hostigue o coarte la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones en las proximidades de lugares habilitados para interrumpir embarazos, causando un menoscabo en la libertad o intimidad de esta”.
Asimismo, el nuevo artículo determina que “atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años”.
Por último, esta modificación establece también que “las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso”.
El grupo proponente afirma en la exposición de motivos que “el acoso a los centros sanitarios donde las mujeres interrumpen voluntariamente los embarazos es una constante” desde la despenalización del aborto en tres supuestos en 1985. Y argumenta que esta reforma busca “garantizar una zona de seguridad alrededor de los centros sanitarios”, de forma que “quede garantizada la intimidad de las mujeres, su libertad y seguridad física y moral, y de este modo “garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”.
Tramitación parlamentaria
Una vez superado este primer examen parlamentario, el texto será remitido a la Comisión competente y se abrirá el plazo de presentación de enmiendas, que tal y como subraya el artículo 126.5 del Reglamento del Congreso, podrán ser a la totalidad de texto alternativo o al articulado.
En caso de presentarse enmiendas a la totalidad, el texto deberá superar el debate de totalidad ante el Pleno. Posteriormente, la iniciativa continuará su tramitación en Comisión y en Pleno, donde por su carácter orgánico deberá obtener una mayoría absoluta en una votación final de conjunto. Y en dicho caso, será trasladada al Senado, donde continuará su tramitación parlamentaria.