El TSJPV confirma la pena de 3 años de prisión por robar antigüedades y obras de arte, entre ellas un grabado de Dalí, en una casa-palacio en Álava
El alto tribunal vasco ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa del hombre que fue condenado en junio de 2023 por la Audiencia de Álava como autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada con el agravante de disfraz a 3 años y 7 meses de cárcel
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la condena de 3 años y 7 meses de cárcel impuesta por la Audiencia de Álava al autor del robo en una casa-palacio de Agurain de unas antigüedades y obras de arte valoradas en 19.800 euros, entre las que había un grabado de Salvador Dalí.
El alto tribunal vasco ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa del hombre que fue condenado en junio de 2023 por la Audiencia de Álava como autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada con el agravante de disfraz a 3 años y 7 meses de cárcel.
La Audiencia alavesa impuso también al procesado el pago al dueño de la casa-palacio de 11.301 euros por los daños causados en la vivienda y de 19.800 euros por los objetos sustraídos.
Entre las piezas robadas había un facsímil del portulano del navegante y cartógrafo Juan de la Cosa, un grabado firmado y numerado de Salvador Dalí, un primer tomo de “El Quijote” fechado en 1.750, una cubertería de plata de 16 servicios, un juego de té victoriano en plata inglesa, dos platos chinos de mediados del siglo XIX, dos estribos de bronce, dos espingardas bereberes, unas siete figuras de marfil de diversos tamaños y dos jarrones de porcelana de Sèvres.
También fueron sustraídas 50 botellas de vino, diversos marcos de plata que no se han podido concretar, así como un bastón de madera con incrustaciones de nácar, que fue finalmente recuperado por su dueño.
Según los hechos declarados probados por la Audiencia de Álava y que ahora confirma el TSJPV, el robo tuvo lugar en la madrugada del 31 de diciembre de 2018 cuando el acusado puesto de acuerdo con otra persona o personas cuya identidad se desconoce entraron por la fuerza en una casa-palacio de Agurain.
Del interior se llevaron los bienes descritos y después abandonaron el inmueble saltando un muro perimetral y huyendo a bordo de un vehículo.
El acusado fue localizado por agentes de la Ertzaintza posteriormente junto al referido coche en una calle de la localidad alavesa y los agentes encontraron ocultos bajo el asiento del conductor el citado bastón de madera con incrustaciones de nácar y, en el cacheo al que le sometieron, una cucharilla de plata.
Dentro del vehículo también hallaron una piqueta, una llave inglesa, varios martillos y destornilladores.
El condenado recurrió la sentencia de la Audiencia alavesa ante el TSJPV por cinco motivos, entre ellos por vulneración del derecho constitucional a la presunción de inocencia.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJPV desestima todos los motivos de impugnación y recuerda que el tribunal de instancia consideró que hubo prueba de cargo suficiente para entender que el acusado fue el autor de la sustracción.
“En la sentencia apelada se ha razonado debida y suficientemente sobre la realidad del hecho delictivo, sobre la preexistencia de los objetos robados y sobre la autoría de los hechos, integrando una motivación fáctica dotada de coherencia, lógica y razonabilidad”, mantiene el alto tribunal vasco.
Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.