La Audiencia Provincial Sexta de Las Palmas ha confirmado la pena de multa fijada en 1.410€ al agresor de un policía nacional en una comisaría de Lanzarote. Además, tendrá que indemnizar al agente con 105€ por infligirle lesiones leves en el brazo y en la rodilla.
Los hechos tuvieron lugar el 30 de noviembre de 2018, en el interior de la Comisaría de la Policía Nacional en Arrecife. El condenado trató de arremeter contra una mujer con la que previamente habría protagonizado un incidente, la cual se disponía a denunciar.
El policía nacional ordenó al varón que se volviera a sentar y desistiera de su actitud violenta. Lejos de hacerlo, propinó un manotazo en el brazo del agente y lo empujó contra la puerta. Según el tribunal lo hizo “obrando con ánimo de quebrantar el principio de autoridad y de menoscabar la integridad corporal del mencionado agente”.
Como consecuencia de la agresión, el policía sufrió lesiones leves en el brazo y en la rodilla, necesitando tres días para la curación de sus heridas, además de una primera asistencia facultativa.
Muchos policías destinados en labores de seguridad ciudadana y que tienen que lidiar diariamente con personas de perfil violento, lamentan la escasa cuantía de la penas aparejadas a los delitos de atentado contra los agentes de la autoridad dictadas por la Justicia. En muchos casos se reducen a penas de multas irrisorias.
Cabe recordar que este tipo de hechos delictivos están tipificados en el Código Penal con penas que pueden alcanzar los 3 años de prisión (art.550).
1. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.
2. Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.