La Audiencia de A Coruña condena a dos años de cárcel a un fisioterapeuta por abusar sexualmente de una paciente en una clínica de Santiago
La declaración de la denunciante, según señalan los magistrados, reúne todos los requisitos necesarios para destruir la presunción de inocencia
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha condenado a un fisioterapeuta a dos años de cárcel por abusar sexualmente de una paciente. El tribunal relata en la sentencia que el día 2 de octubre de 2020, durante la atención que le prestó a la víctima, que acudió a la clínica en la que trabajaba el procesado por unos dolores de espalda, “sin consentimiento de la paciente y sin finalidad terapéutica, introdujo su otra mano dentro de la braga de la mujer y le tocó en la zona púbica y en la vulva, rozando con los dedos los labios vaginales”.
Los magistrados señalan que el sospechoso retiró la mano cuando la paciente le dijo que parase, diciéndole: “perdona que me haya puesto un poco tontorrón”, a lo que añadió que tenía “un cuerpazo”. La Sala explica que la mujer “se sintió atemorizada en el momento de los hechos” y que, como consecuencia de ellos, “sufrió dificultades para conciliar el sueño, pesadillas y pensamientos rumiativos intrusivos y recurrentes, inseguridad personal, desconfianza hacia terceros y sentimiento de vulnerabilidad, síntomas que persisten, aunque su intensidad se ha atenuado con el paso del tiempo”. En concepto de responsabilidad civil, el sospechoso también fue condenado a indemnizar a la afectada con 10.000 euros.
La declaración de la denunciante, según señalan los magistrados, reúne todos los requisitos necesarios para destruir la presunción de inocencia. Así, destacan que la víctima carece de motivos espurios y que existe “una rotunda persistencia en la incriminación”, pues en todas sus declaraciones la denunciante describió los hechos de la misma manera. Los jueces también recalcan que la declaración “cuenta con las corroboraciones periféricas que es posible encontrar en casos de esta naturaleza, cuando no hay vestigios físicos”, así como la importancia del informe y la declaración de las psicólogas que examinaron el daño padecido por la denunciante.