Hace apenas dos días, la Policía Foral de Navarra denunció a dos cazadores furtivos. Los hacían de noche, con un rifle dotado de visor nocturno y silenciador, habían cazado ilegalmente dos corzos. Aporta la imagen en una red social oficial.
El código penal sanciona estas conductas. Las penas dependen del tipo de caza y si se trata de especies protegidas o no, si se causan graves daños… y otra serie de factores.
Pero llama la atención que, para los casos como el referenciado en este artículo y tratándose del corzo una especie no protegida (ver Sentencia AP Burgos), la pena apenas pase de la multa aunque eso sí, se inhabilita al cazador durante años para seguir cazando. La muerte esos corzos se paga con dinero… curioso.
Artículo 335. 1. El que cace o pesque especies distintas de las indicadas en el artículo anterior (protegidas), cuando esté expresamente prohibido por las normas específicas sobre su caza o pesca, será castigado con la pena de multa de ocho a doce meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cinco años.
Sentencia Audiencia Provincial de Burgos 517/2012, de 26.11.2012
“En el supuesto objeto de enjuiciamiento resulta que el corzo es un animal que como especie cinegética puede ser objeto de caza, con la debida autorización y dentro de lo periodos reglamentariamente previstos. Así el artículo 43 de la Ley de Caza de Castilla y León no establece la prohibición de cazar el corzo.
Gedeón Pérez
Los cazadores "cazados".
Dos furtivos denunciados por cazar dos corzos de noche, con silenciador y visor nocturno.#ComisaríaElizondo#MedioAmbiente pic.twitter.com/rMEtUnCFd9
— Policía Foral – Foruzaingoa (@policiaforal_na) March 22, 2023