El exmantero y exdiputado de Podemos en la Asamblea de Madrid, Serigne Mbaye, ha emprendido una campaña antipolicial desde su perfil en “X”. El senegalés nacionalizado español, ha sido detenido por resistencia y desobediencia difundiendo un fragmento del acta de información de derechos como detenido con fecha del pasado 30 de agosto de 2023.
El detenido ha aprovechado las redes sociales para denunciar un supuesto “sufrimiento” por parte de la Policía Nacional realizando insinuaciones raciales por parte de los profesionales de la seguridad pública en España y una de las policías mejor valoradas a nivel mundial.
Como el mismo detenido asegura, la intervención en la que acabó en calabozos se ampara en el marco legal de la prevención de hurtos por parte de efectivos policiales de la Brigada movil – Policía en el transporte. Un argumento que legitima la acción policial la cual comienza con una identificación totalmente legal de los agentes al denunciado cuya obligación, también legal, se ciñe tal solo a mostrar su documentación ante los actuantes.
Correctas diligencias policiales dentro del marco de actuación legal
“Curioso que Comisaría me pidieron la clave de mi teléfono. Me negué ¿Qué querían ver en mi teléfono? ¿Datos y mensajes confidenciales? ¿Me trataban de ladrón?”, manifiesta el detenido justificando perfectamente la intervención policial. Y es que efectivamente, tal cual describe en su perfil, los policías le solicitarían amablemente que desbloquease su teléfono para realizar así una comprobación rápida sobre si él es el legítimo propietario y dispone de acceso o por el contrario podría tratarse de un objeto encartado en algún ilícito penal.
La intención pues de los agentes no es acceder a datos privados ni cuanto menos “confidenciales” sino de ceñirse a realizar comprobaciones para que el encartado demuestre la propiedad sobre el objeto a lo que, como también asegura, se niega entorpeciendo la acción policial y evidenciando una respuesta insurgente.
Lo que oculta Mbaye
Por otro lado, lo que el detenido no precisa, ni detalla, ni alude es en cuanto al motivo exacto de su detención, un presunto delito de resistencia y desobediencia. Así pues, en el mismo acta debería venir reflejado más detalles y circunstancias sobre su respuesta delictiva pero el documento figura recortado y tachado para eludir dar explicaciones a su denuncia.
“Más allá de tantos controles de identidad ‘rutinarios’ que sufro y denuncio” se limita a decir en un acto propagandístico. Cuestión que en vez de vocear en redes sociales podría ser denunciada ante el Defensor del Pueblo o Fiscalía de Delitos de Odio en caso de tener algún fundamento razonable a su palabrería.
En todo caso, el color o tono de piel de un ser humano no le ampara para eludir la acción policial y cuanto menos a vivir al margen de las leyes aprobadas en nuestro Estado Democrático y de Derecho.
“Añadir que el 31 de julio también sufrí un control con 8 agentes en el portal del recinto de mi casa. Lo cierto es que ninguna persecución, acusación, cacería, intento de intimidación hará que deje de alzar la voz contra la discriminación y el racismo institucional y policial”, manifiesta. Unas palabras que también podrás ser susceptibles de investigación y denuncia por parte de las autoridades.
Artículo 556 del Código Penal
1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.