La fundación de la policía significó la aparición de una nueva institución, para que se encargara dentro de la Administración Pública del mantenimiento de la seguridad de las personas y de sus bienes. Por las competencias que se le atribuyeron, la policía se convirtió en una institución esencial dentro de la administración. Pero esas competencias tuvieron que ser detraídas de otros organismos que venían desarrollándolas y obligados compartirlas, en ocasiones, lo cual suscitó una fuerte oposición. Lo curioso en este caso, es que aún hoy, los que niegan el bicentenario sigan utilizando los mismos argumentos, que nunca han servido de nada. La policía ha sobrevivido a todos esos ataques sin que haya sido suprimida a lo largo de todo el siglo XIX, a pesar de algunos momentos muy críticos por los que tuvo que pasar.
La discusión sobre la necesidad de la policía se produjo por primera vez en el Consejo Real en 1826 y después en las Cortes, al menos, en tres ocasiones. La primera de ellas ocurrió en 1835, la segunda, en 1841 y la tercera, en 1855. Curiosamente, los argumentos empleados a favor y en contra son muy similares en todas ellas, sin que tuvieran ninguna influencia en ellos las nuevas circunstancias por las que atravesaba la nación, aunque fueran tan importantes como la Primera Guerra Carlista.
Lo que sorprende mucho es la coincidencia en los argumentos en contra la policía utilizados en el Consejo de Estado y en las Cortes. ¿Cómo es posible que se produjera esta coincidencia entre acérrimos absolutistas y liberales más progresistas? La única explicación posible, por increíble que parezca, es que partían de los mismos supuestos doctrinales.
El esquema tradicional del mantenimiento del orden público fue recogido en la Constitución de 1812 y en las leyes que la desarrollaron, especialmente en la Instrucción para el gobierno económico político de las provincias. Ese esquema incluía al Rey en lo alto de esa pirámide, a los ayuntamientos como los encargados materiales de su custodia en cada uno de ellos, el ejército para las situaciones extraordinarias –motines, algaradas. En la Constitución se creaba dentro del Ejército otra institución dedicada a la seguridad, la Milicia Nacional. Las mayores indecisiones de los liberales en relación con el mantenimiento del orden público se originaron en torno a la conveniencia de seguir manteniendo este esquema. La ruptura con toda la legislación tradicional, incluida la dimanada de la Constitución de 1812. Este hecho es el que explica esa coincidencia en que la misma argumentación fuese utilizada contra la Policía en circunstancias que tenían muy poco en común, como pudieron ser la consulta al rey en 1826 por el Consejo Real y diecinueve años después en el Congreso de los Diputados.
Por todo esto, creo que es interesante examinar los argumentos utilizados por el Consejo Real. Se encuentran en la consulta que elevó al Rey pidiendo la supresión de la Policía y el restablecimiento de la Inquisición. En este ambiente -muy cargado de rumores e, incluso, de amenazas para los miembros de la Policía- el Superintendente no encontró forma mejor de defender a la Institución que escribiendo un oficio en defensa de la policía al Secretario Universal del Despacho de Gracia y Justicia, Tadeo Calomarde.
El Consejo Real consideró a la Policía como una novedad insostenible. Literalmente decía: «Un establecimiento enteramente nuevo en la Monarquía; gravoso en sumo grado; extraño a nuestros prudentes usos y dirigido por un Reglamento mal acomodado a ellos y a las leyes más bien meditadas”[1]. Lo de nuevo, era lo único cierto que contenía este párrafo, gravoso en sumo grado resultó ser falso, porque la policía arrojó durante estos primeros años un superávit en sus cuentas, lo de extraño a los prudentes usos, hace referencia a la imposibilidad de crear, según la normativa de la Novísima Recopilación, una policía de carácter nacional, porque, por si todo esto fuera poco, su reglamentación no tenía nada en cuenta esa legislación.
Los cuatro puntos escogidos para atacar a la Policía fueron: una autoridad desmesurada; peligrosas cuestiones de competencias; facultades vagas e indefinidas y su escasa participación en la represión de los liberales.
Lo de la autoridad desmesurada lo justificaban de esta forma: «Si se exceptúa la potestad de dar sentencias judiciales, nada hay que se pueda decir ajeno a ellas y de su ilimitada autoridad. No está ceñida la Policía a firmar padrones de vecindad, expedir y visar pasaportes, dar cartas de seguridad, perseguir ladrones y asociaciones secretas, impedir los escándalos públicos, las palabras obscenas, sino que bajo el pretexto de su acumulación invade, por decirlo así, el territorio de todas las autoridades, turbando a cada paso su jurisdicción”.
Como se puede comprobar, los consejeros reales no distinguieron las competencias privativas de las acumulativas, que eran las más numerosas, aunque fueron las menos ejercidas por la policía. La razón es que perseguir ladrones y asociaciones secretas, impedir escándalos públicos, las palabras obscenas, en la Real Cédula figuraban como competencias acumulativas. Era error meterlas entre las privativas.
Más aún, afirman que en el Reglamento se contienen facultades vagas e indefinidas. La primera era proponer “las medidas nuevas que convenga adoptar o las modificaciones que sea útil hacer en las adoptadas, para mantener el orden y reposo público” y la segunda, mandarle “informar sobre todos los accidentes que puedan interesar a la pública seguridad”. Una institución “nueva”, como era la Policía y sin rodaje, necesitaba un tiempo de convivencia con las demás autoridades y, en la medida que se fuera rodando, se deberían ir corrigiendo los fallos de funcionamiento y potenciando posibilidades. Lo de que pudiera proponer mejoras, no era lesivo para ninguna otra institución. Simplemente, se abría una posibilidad de mejorar la actuación de la Policía.
La segunda, al tratarse de una institución que se iba a encargar de la custodia de los bienes y personas de los súbditos del rey, que se contemplase dentro de sus competencias, la de informar sobre asuntos relacionados con “la pública seguridad”, tampoco parece lesiva para nadie, ni tiene carácter político. A no ser que sucediera lo que en una capital de provincia, años más adelante, donde hubo unos tumultos y nadie intervino para cortarlos. Después se quejaron amargamente por los informes realizados por la Policía.
Enumeran también aquellas instituciones con las que podían tener peligrosas cuestiones de competencias. Eran las siguientes: Los jueces ordinarios; los Ayuntamientos y sus presidentes; los Juzgados de Rentas y Resguardos; el Subdelegado General de Imprentas y las Juntas de Sanidad, Medicina, Cirugía y Farmacia.
En los papeles de la policía que se conservan, especialmente un legajo entero sobre “Excesos de la Policía”, no figura ningún encontronazo ni con los ayuntamientos, ni con los juzgados de rentas, ni con el subdelegado general de imprentas, ni con las Juntas de Sanidad. Las únicas que están registradas en él fueron promovidas por los jueces ordinarios, que vieron rebajados sus ingresos por la facultad atribuida a la policía de poder imponer multas.
En cuanto a la escasa participación de la Policía en la represión de los liberales, he aquí lo que decía el texto de la consulta y cómo se utilizaba este argumento para pedir su supresión: “Nada hay que no tema sobre sí el hombre de bien, mientras que los desleales a su Rey Señor natural, los agentes de la revolución y sus secuaces, los demagogos y todo género de anarquistas, reposan tranquilos y se reúnen sin zozobrar a tratar en sus tenebrosas cavernas de los medios que han de adoptar para perder a sus semejantes, y fundar su soñado imperio universal sobre las ruinas de los Gobiernos establecidos”.
El Consejo acusa, sencilla y llanamente, dando muestras de una osadía enorme, a la Policía de estar en contra de los intereses del Rey, ya que, según ellos, se dedica a perseguir a sus súbditos más fieles y leales. Sin embargo, ese mismo año y poco después, por cierto, en agosto de 1826, tuvo lugar la sublevación de Bessiéres, que ciertamente no era ningún liberal, y, que mientras el Consejo elevaba esa consulta, estaba ya conspirando.
La conclusión que sacaba el Consejo Real era la siguiente: “Resulta, pues, como se ha estampado en la primera observación, que la Policía es un establecimiento extraño a nuestros prudentes usos y dirigido por un Reglamento mal acomodado a ellos y a las leyes más bien meditadas”. En cuanto a la primera objeción, se demostró, que la Policía era necesaria. De hecho, ya nunca fue suprimida desde su fundación hasta nuestros días. En cuanto al Reglamento, si tan malo era, en su mano, tenían la posibilidad de indicar qué cambios se hacían necesarios para que fueran modificados y evitados.
La respuesta del Rey a esta consulta del Consejo de Estado, no puede ser más explícita: “Después de una revolución, como la que ocurrió desde 1820 hasta 1823, no bastan los medios ordinarios que propone el Consejo para descubrir y consultar (sic) los conspiradores y las conspiraciones”. Era también completamente lógica, desde el momento en que él tenía conciencia de que era un establecimiento nuevo en la Monarquía, «no ensayado en nuestro país», además de que muchas de las que se denuncian como «novedades» no lo eran tanto.
Lo más paradójico es que el sector más ultrarrealista acusara a la policía de no participar en la persecución de los liberales, mientras que, aún actualmente, se diga por algunos que, precisamente, fue lo único de que se ocupó y de defender al absolutismo. A continuación no se molestan en explicar por qué no fue suprimida a la muerte de Fernando VII, como le ocurrió a la Alta Policía, es decir, al espionaje, cuyo jefe, Regato, fue desterrado a Filipinas en 1834. Puede ser que hayan perdido de vista que la seguridad pública es una de las misiones fundamentales del Estado. No hay mejor explicación de la continuidad histórica de la policía.
El colmo de las paradojas es que, aun hoy, se continúen utilizando. No tiene nada de extraño, pues esos mismos son los que se niegan a explicar porqué la policía sigue haciendo servicios de forma ininterrumpida, recibiendo dinero de los presupuestos del Estado año tras año y siendo reconocido el hecho de su necesidad y existencia en las Cortes, en la Gaceta de Madrid y en la prensa. Se jactan de haberme dado jaque mate, quienes ni siquiera saben leer correctamente la Gaceta. Afortunadamente podemos contestar con aquella frase de un personaje de “La venganza de Don Mendo”: “los muertos que vos matáis, gozan de buena salud” (Muñoz Seca)
[1] Archivo Histórico Nacional, Libro de Actas del Consejo de Estado, 53.d. Por esta referencia se hace el resto de las citas de este apartado.