Un joven de 18 años ha resultado herido grave con un arma blanca en la madrugada de este sábado en un parque de Ciudad Lineal. Al parecer, la víctima habría sido atracada por varios jóvenes que, posteriormente, huyeron. La Policía Nacional ha detenido a un joven de 22 años como autor de la agresión, en unos hechos que los agentes investigan si están relacionados con bandas juveniles.
Ha ocurrido sobre la 1.15 en el parque de Arriaga, situado a la altura del número 41 de la calle con el mismo nombre, según el portavoz de emergencias. El joven ha sufrido una herida por arma blanca en la pierna derecha con fractura abierta de tibia. Agentes de la Policía Nacional, los primeros en llegar, le han hecho un torniquete. Tras ser atendido por sanitarios del Samur-Protección Civil, ha sido trasladado consciente y orientado en ambulancia al hospital Gregorio Marañón, donde ha quedado ingresado con pronóstico grave, pero su vida no corre peligro.
#Agresión en un parque de C/Arriaga. #CiudadLineal.
👉@SAMUR_PC atiende a un varón de unos 18 años con herida por #armablanca en pierna con fractura abierta de tibia.
👉A su llegada, @policia -que investiga lo ocurrido- había puesto un torniquete para detener la hemorragia. ⤵️ pic.twitter.com/ZnpMJ2VsqZ
— Emergencias Madrid (@EmergenciasMad) April 20, 2024
Artículo 147 código penal
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.