Autora: Yashir Jurado Rodríguez
El delito de secuestro como lo expresa Luis Lamas Puccio, tiene diversas modalidades, considerándose un problema enmarcado en la socio-economía, que atenta sobre el bien jurídico tutelado que es en este caso la libertad cuando es real. Pero en este caso especial del secuestro online, al tratarse de una estafa encubierta de presunto secuestro, el bien tutelado sería el patrimonio de la víctima que se ve lesionado por el engaño bastante, como lo mencionan los autores Gustavo Balmaceda Hoyos y Juan Sebastián Fajardo Vanegas, quienes indican que con este delito se genera un perjuicio patrimonial consumado o un intento de perjuicio patrimonial.
En este tipo de práctica, se usa también la ingeniería social mediante la que los ciberdelincuentes hacen el seguimiento de las víctimas, mediante la recolección de los datos personales que las hagan más vulnerables de ser ubicadas y abordadas tanto ellas como su grupo familiar.
Con el estudio del perfil de la víctima, los perpetradores estarían quebrantando normativas como los Artículos 97.1 y 1971.1 del Código Penal Español, cuando interceptan ilícitamente correspondencia electrónica, recopilando y quebrantando la intimidad al sustraer la información contenida en mensajes de datos enviados por medios informáticos.
Mientras que las conductas de interceptación, reproducción o grabación ilícita de carácter electrónico de los mensajes (durante el proceso de transmisión) sin desviación de los mismos, se tipifican a través del inciso final de ese mismo art.
97.1 CP. El acceso no autorizado a información personal y/o familiar de carácter pública o privada, alojada en medios electrónicos está tipificada en el artículo 197.2 del Código Penal.
Por su parte Cristina Suarez de Mallorcadiario.com entrevista al oficial de la Policía Nacional José Díaz, para que exponga el modus operandi de este delito online, quien indica que una constante en España, es que estas llamadas se realicen de números privados, o con indicativos de países de centro o Suramérica, en las que se anuncia que se ha retenido forzosamente a familiares de quien está siendo la víctima de la estafa. El oficial recomienda, inventar una excusa para colgar sin llegar a cortar de forma abrupta la llamada, para ganar tiempo de ubicar al supuesto secuestrado, cerciorarse de que se encuentre bien y luego denunciar de inmediato a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
La Policía hace una serie de recomendaciones para prevenir el secuestro, en donde indica que en primer lugar lo más importante es guardar la calma, dado que los estafadores se valen del nerviosismo de quien responde al llamado, para intimidar y pedir una recompensa, puesto que la persona en un estado de ansiedad no razona adecuadamente ni gestiona sus emociones, ellos pretenden que se prolongue la conversación con el argumento de que tienen un familiar secuestrado de quien les atiende como receptor, situación que generalmente es falsa con el objeto de lograr una extorsión vía celular.
La recomendación de las autoridades es la de cortar lo más pronto la llamada, tratar de ubicar al familiar supuestamente secuestrado, para verificar que se encuentre a salvo y posteriormente llamar a denunciar el hecho delictivo al 091 o por la página web de la Policía o directamente ante la Comisaría de la Policía.
Autora: Yashir Jurado Rodriguez. Abogada. Practicante Máster Ciberdelincuencia Universidad Internacional de la Rioja, UNIR.
Aptitudes y habilidades: Mi profesión es abogada, con énfasis en derecho administrativo, asesoría familiar, habilidades blandas, investigación, elaboración de proyectos, con interés por el derecho de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones. Actualmente adelanto el Máster en Ciberdelincuencia en la Universidad Internacional de la Rioja (UNIR).