Columna del historiador Martín Turrado Vidal*
En uno de sus últimos episodios nacionales, Don Benito Pérez Galdós presenta a un escritor, que se propuso emprender una magna obra: se iba a dedicar a escribir la historia de España, no como fue -consideraba que eso tenía poco mérito-, sino como pudo haber sido -sería más profundo y novedoso-.
El tal escritor se quedó corto en sus pretensiones. Él no necesitaba documentarse, ni pisar un archivo en su vida para escribir lo que le dictara su imaginación. Lo sorprendente es que en la actualidad haya crecido bastante su escuela, digna de figurar al lado de otras tan ilustres como la de los Annales. Han introducido una gran modificación. Han invertido sus objetivos: ahora de lo que se trata es de escribir una historia imaginada y adaptada a sus intereses, utilizando para ello documentos, especialmente los aparecidos en la Gaceta de Madrid, sin que represente para los tales un obstáculo insalvable que en ellos se contengan textos en las antípodas de las conclusiones que ellos han sacado incluso antes de leerlos.
Un ejemplo señero de todo lo que se lleva expuesto es que sigan afirmando que, por el Real Decreto de 4 de octubre de 1835, se suprimió la Policía. El gran problema que no son capaces de resolver es que el mismísimo texto de ese Real Decreto niega en tres ocasiones que esas conclusiones sean ciertas y, por lo tanto, admisibles. En el trasfondo de esa interpretación hay una gran falta de sentido común, y una ignorancia, que raya con lo enciclopédico, de la historia tanto de la administración civil española como de la función pública en el siglo XIX.
¿Quiénes de Vds., lectores míos, destruirían su casa, y, al mismo tiempo, pregonarían a los cuatro vientos que están preparando una reforma en ella? ¿Es que las dos cosas a la vez no son incompatibles? En el texto de la exposición de motivos de ese Real Decreto, publicado al día siguiente en la Gaceta de Madrid, se admite expresamente esta circunstancia, con una claridad que no admite interpretaciones – a no ser que el intérprete haya perdido el sentido común y quiera escribir una historia imaginada-. Literalmente dice lo siguiente: “sin perjuicio de las reformas, en que os estáis ocupando”.
Hay quienes sostienen que ellos no harían esas reformas, pues defienden con ardor que la Policía General del Reino fue suprimida en este Real Decreto. ¿Hará falta ir a Salamanca para saber que no se pueden hacer reformas en una institución que se suprimía? ¿Alguien entre Vds. puede hacer reformas en una casa que van a de derribar o, más simple aún, en un artículo que no está escrito? ¿No ocurrirá que estamos tratando con licenciados por Tejares1?
La segunda vez que el texto contradice esa afirmación es su artículo 2º. “Los gobernadores civiles, en vez de entenderse como hasta aquí con la Superintendencia, en los asuntos de su ramo, lo harán en lo sucesivo directamente con el Ministerio de vuestro cargo”. En consecuencia, se creó en ese ministerio, un negociado de “Policía”, al que posteriormente se cambió el nombre por el de “Secciones de Orden Público”, que mantuvo ese nombre gran parte de lo que quedaba de siglo.
La supresión de la Superintendencia General de Policía no significó que la policía fuera suprimida, sino que su organización se asimiló enteramente a la de la administración civil a través del Ministerio de la Gobernación y de los gobiernos civiles en cada provincia. ¿Cuántos cuerpos de funcionarios tienen en la actualidad o han tenido en pasado direcciones generales o sus equivalentes? En este decreto se trató de absorber a la Policía por la administración civil y asimilarla a la función pública, tal y como se encontraba esta, en aquellos momentos.
La policía ha sido desde sus orígenes un cuerpo civil, cosa que no se termina de asimilar por algunos, que siempre han considerado a los policías como militares fracasados o de segunda, haciendo gala de un complejo de superioridad infantil. Ignoran que su historia no se puede comprender sin la de la administración ni la de la función pública. Por ello, son necesarios unos conocimientos elementales sobre la historia de ambas para comprender la intención, con la que fue dictado este Real Decreto, y no perderse en interpretaciones descabelladas. Inútiles son quienes hablan de la inutilidad de la policía desde su odio hacia ella sin ningún fundamento más que lo justifique.
Como no hay dos sin tres, el artículo 4º decía: “Bajo la misma dependencia y dirección, y con la misma calidad de interina, se establecerá para la Corte y su provincia una Subdelegación especial de Policía”. Los pobres D. Canuto Aguado y su sucesor, D. Ignacio Acha, debieron estar mandando sobre fantasmas, porque la policía había sido suprimida. ¿Para qué se tomaría el gobierno de turno la molestia de esos nombramientos?
Hay muchos hechos que confirman lo dicho en el texto del Real Decreto. La policía no había sido suprimida. ¿Cómo se explica que se le cambiara el nombre el 18 de agosto de 1836, primero en Madrid, y después en toda España, por una Real Orden de 26 de agosto de ese año, del Ministerio de la Gobernación del Reino?2 Así nos adentramos más y más en el terreno de los milagros y de lo sobrenatural. Se le cambió el nombre a una institución que ya no existía.
No fue el único milagro. La ronda de capa o especial de Seguridad, especializada en la persecución de la delincuencia habitual, siguió actuando y la suprimieron en noviembre de 1836. Debería estar compuesta por fantasmas o la documentación en que se basa esta afirmación debe estar falsificada. La detención de varios carlistas y otros servicios que realizó esa ronda compuesta por veintitrés policías tampoco tuvo lugar. ¿Y el dinero que le destinaron los presupuestos del Estado? Ese, como se sabe, fue a engordar las arcas de políticos corruptos, que lo aprobaban en el Congreso sin tener ninguna justificación para ello. ¿Existieron o no las discusiones parlamentarias en torno a necesidad y a la existencia y dotación presupuestaria de la policía?
Más hechos confirman que la policía no fue suprimida por ese decreto. Algunos son un tanto pintorescos3. El 25 de noviembre de 1835, Francisco García Chico donó el 5% de su sueldo como jefe de la Ronda especial de Seguridad de Madrid para ayudar en las necesidades de la guerra (Eco del Comercio). Lo mismo hicieron los celadores de policía de Baleares el 16 de abril de 1836 (Boletín Oficial Balear). Hay publicaciones en la prensa que serían inexplicables: El 2 de febrero de 1836, la detención de dos ladrones en Madrid (El Español). El 10 de noviembre de 1835 y el cinco de enero de 1837, la situación de las cinco comisarías de policía de Madrid (Diario de Avisos). El 30 de enero de 1837 se anunció en el Diario de Avisos que se iba a pagar la nómina de agosto a los componentes de la ronda de seguridad. ¿No parecen demasiados milagros para estar tratando de un organismo suprimido?
La “inutilidad” en la exposición de motivos, que estamos comentando, jamás va asociada con la palabra “Policía”, ni el verbo suprimir tiene como complemento directo la Policía. Esto es volver a escribir la historia como alguien se haya imaginado que ha ocurrido, como en una novela, pero no puede utilizar como argumento en su defensa un texto que literalmente dice lo siguiente: “Como quiera que la experiencia haya demostrado la inutilidad de la Superintendencia General de Policía después del establecimiento del Ministerio de la Gobernación…”
Afirmar que se haya corrido un tupido velo sobre la supresión de la Superintendencia por parte de los historiadores de la policía es algo bochornoso para quien lo haga. Esa afirmación constituye la mayor demostración del enorme desconocimiento de la bibliografía sobre ese periodo. En mi segundo libro publicado en 1985, “Introducción a la historia de la Policía”, en las páginas 120-121, puede leer este decreto en su integridad sin que le falte una coma. Se puede encontrar referencia a él o transcrito en todas mis obras. También se puede hallar esto en otros autores, de los que voy a poner solamente un ejemplo4. Los policías, que nos hemos dedicado a la historia de nuestro cuerpo, nunca hemos corrido ningún tupido velo sobre nada. El velo se encuentra en la ausencia maliciosa de búsqueda de documentación, de bibliografía e ignorancia de historia de la administración civil.
Otra gran mentira es que este relato se creara en 1999 por arte de birli birloque. Está claro. La primera obra en la que se situaba la creación de la Policía en 1824 data del año 1983. Nadie puso ningún reparo a ello: al revés, ese libro tuvo una recensión sumamente elogiosa en la revista “Hispania” del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Se puede seguir leyendo por el que la quiera buscar. Tuvo un respaldo académico, por la facultad de historia de la UNED y después desde el CSIC. En la Revista “Cuadernos de la Guardia Civil”5 se publicó un amplio artículo mío, al que nadie puso ninguna objeción y por el que no hubo ni una sola queja. Los que tal afirman están mintiendo a sabiendas de que están difundiendo una mentira mucho más grande que la que tratan de combatir. Para esa fecha había publicado ya cinco libros, algunos con tan buena acogida, que alcanzaron segundas ediciones.
Alguien ha llegado a recomendarme la lectura de un artículo de Larra sobre la Policía en 2023. Es otra muestra de ignorancia supina de la bibliografía por parte de estos autores. Ese artículo lo comenté extensamente en 2012 en la revista “Cuadernos del Bicentenario”. Hacía mucho tiempo que lo había leído, a raíz de otro artículo publicado por el hispanista canadiense Pierre Ullman en la revista “Ínsula” el año 1969. En el artículo de Larra hay ciertas cosas que chirrían: ¿quiénes dictaron la condena a muerte de Miyar?6 No se ha parado el autor a averiguar la verdad entera, pues tal vez le merezca la pena saber que ni la policía fue quien le detuvo, ni le mandó al otro mundo. ¿A cuántos liberales más enviaron a él las Comisiones Militares Ejecutivas y nadie sostiene la tesis de que el ejército no existió por defender el absolutismo?
Que quienes sean incapaces de documentarse adecuadamente antes de escribir, acusen a otros de incurrir en grandes mentiras, resulta muy paradójico, como los pájaros disparando a las escopetas. Se ha perdido en ellos todo rastro de sentido común. Tal vez, como explicaba aquel personaje del “Médico a palos” de Molière, estén dispensados de tenerlo por no saber latín.
1 Entre los estudiantes de Salamanca corría, en mis tiempos, esta expresión, para indicar que alguien había sido suspendido en la licenciatura. Licenciarse por Tejares tenía un significado bastante mejorable, como el de salir por la puerta del Gallo de la catedral vieja.
2 Espero que se haya encontrado el inventado Real Decreto de 26 de agosto de 1836, por el que se le cambiaba el nombre a la Policía por el de Protección y Seguridad Pública. Y de paso, el Real Decreto de 14 de julio de 1841, citado por alguien y que tampoco existe.
3 Se recogen solamente unos pocos.
4 Javier Pérez Núñez, “Entre el Ministerio de Fomento y el de la Gobernación. Los delegados gubernativos de Madrid en la transición a la Monarquía constitucional, 1832-1836”. Madrid. 2011. En la página 197. También habla de la supresión de la Superintendencia y de cómo continuó en Madrid la Subdelegación especial de Policía. Este desconocimiento de la bibliografía y de la documentación que manejan sus autores es algo que se repite una y otra vez.
5 Nº. 22 (2000), págs. 205-222. Este articulo se publicó a petición del entonces director de la revista. Por entonces estaba trabajando yo en el área de Documentación y Publicaciones de la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior.
6 ¿Quién ordenó la detención y la ejecutó materialmente, del librero Miyar? Está más que averiguado, ambas acciones fueron realizadas por el mismísimo padre del poeta José Zorrilla, que era juez. Demuestra la exquisita crítica de los documentos que se manejan, lo cual es muy propio de un historiador de prestigio.