La Orden TMA/263/2020, de 20 de marzo, regula la adquisición y distribución de mascarillas por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana procederá a adquirir de forma centralizada un máximo de 8.000.000 de mascarillas protección FFP2 con objeto de su posterior distribución en el ámbito del sector del transporte, con motivo de la situación de emergencia de salud pública provocada por el COVID-19.
Las mascarillas serán adquiridas para su posterior distribución al personal que presta sus servicios en el sector del transporte en áreas de riesgo, según los criterios indicados con carácter general por el Ministerio de Sanidad, distribuyéndose a los trabajadores relacionados con el servicio de transporte público de competencia estatal, autonómica y local, así como a los trabajadores del ámbito privado relacionados con el transporte de viajeros y de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento.
Serán distribuidas de acuerdo con los siguientes criterios:
- A entidades del sector público en el ámbito del transporte de competencia estatal
- A trabajadores que prestan servicios en el ámbito del transporte terrestre de viajeros y de mercancías,
Material sobrante:
El material sobrante, será puesto a disposición del Ministerio de Sanidad, con el fin de que este Ministerio pueda distribuirlo, en su caso, a los establecimientos sanitarios y/o farmacéuticos.