Abusos bancarios con los seguros de vida de las hipotecas

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Se ha destapado un abuso más de los bancos con las hipotecas de las viviendas. Después de las cláusulas suelo, cláusulas gastos y otras, ahora le toca a los seguros de vida vinculados con las hipotecas.

Son los llamados seguros de vida de prima única financiada. ¿Qué son? Se trata de seguros de vida de larga duración (10 ó 15 años) que el banco obliga a contratar y cobra la prima por adelantado. Al tratarse de una prima muy elevada, se incluye en el préstamo hipotecario incrementado de manera importante el importe y el coste del préstamo.

Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha dado la razón al cliente y condena al Banco Sabadell a devolver al cliente 20.000 € por las primas no consumidas, anulando tanto el seguro de vida de prima única, como el seguro de protección de pagos, cuya prima única también se financió. Además, condena al banco a reintegrar los intereses pagados por el exceso de financiación por las primas de los seguros.

El abuso consiste en que el cliente se queda atado con la aseguradora del banco durante muchos años y no puede beneficiarse de precios mucho mejores que ofrecen otras aseguradoras. Como el cliente necesita el préstamo para adquirir la vivienda se ve obligado a contratar el seguro a unos precios mucho más caros que el resto del mercado (entre un 30 un 70% más caros).

Constitución Abogados, el despacho de Zaragoza que consiguió la sentencia favorable, informa que está gestionando muchas reclamaciones y está consiguiendo que las aseguradoras del banco devuelvan la prima no consumida.

Explica el abogado José Luis Carrera que la nulidad de los seguro de vida se basa en la falta de transparencia al no informar el banco al cliente de las consecuencias reales de eso seguros de vida de prima única financiada. Además de la falta de transparencia, en la mayoría de los casos los seguros se imponen al cliente por el Banco, pues no ofrece la posibilidad de contratar el seguro anual renovable. Desgraciadamente el cliente se ve en la obligación de tener que aceptar las condiciones leoninas de estos seguros si quiere disponer del dinero para comprar su vivienda.

Nos comenta el abogado que los abusos se producen también con los seguros de protección de pagos. En ese caso suelen ser seguros de 5 años de duración, igualmente impuestos por el banco, que incluso se obliga contratar a funcionarios, a quienes expresamente se excluye de la cobertura en la póliza.

El problema es que esta mala práctica no solo la mantiene Banco Sabadell, sino también BBVA, Santander, Cajamar, Bantierra y otros.

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones viene indicando año tras año que este tipo de seguros de prima única son una mala práctica, pues el cliente consigue lo mismo con el clásico seguro de vida anual renovable.

Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de contratos de crédito inmobiliario, se regulan la venta de seguros junto a las hipotecas, que puede ser venta vinculada o combinada. La venta vinculada exige la contratación de alguno de los seguros previstos, pero el banco debe permitir que el cliente lo contrate fuera del banco. La venta combinada permite obtener ventaja en el precio (bonificación del tipo de interés, por ejemplo), pero en ese caso el banco debe informar detalladamente del coste de los productos por separado.  En cualquier caso, pocos bancos cumplen los requisitos de la venta vinculada y de la venta combinada.

Todo lo relacionado con las hipotecas y seguros es complejo y requiere de asesoramiento.

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