La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a cuatro años y medio de prisión por un delito de agresión sexual para el que aprecia la eximente incompleta de anomalía psíquica a un hombre de 46 años que violó a una compañera de la unidad de salud mental de un centro sanitario en el que ambos estaban ingresados.
La Sala le prohíbe aproximarse a menos de 500 metros de la víctima, su domicilio, su trabajo o cualquier lugar donde se encuentre durante cinco años, así como comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo.
La sentencia no es firme y contra ella se puede interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
El hombre deberá indemnizar a la mujer, que tenía 26 años en el momento de los hechos, con 3.000 euros por los daños morales. La sentencia declara responsable civil subsidiario de dicha indemnización al centro sanitario, ya que considera que “la vigilancia sobre los pacientes no fue la adecuada” debido a que el condenado salió de su habitación y entró en la de la víctima “sin que el personal se diese cuenta de ello y lo evitase”.
Los hechos en febrero de 2019, cuando el condenado, ingresado en la Unidad de Salud Mental, trabó amistad con la víctima, también interna en el centro.
Según recoge la sentencia, la noche del 5 al 6 de febrero de ese mismo año el procesado entró en la habitación en la que se encontraba ingresada la perjudicada y aprovechó su discapacidad para mantener relaciones sexuales con ella sin su consentimiento, pese a la resistencia que opuso.
La resolución añade que, pese al sistema de vigilancia con cámaras de seguridad situadas en los pasillos, personal sanitario y guardias de seguridad, nadie se dio cuenta del acceso del procesado a la habitación de la mujer y fue ella misma la que tuvo que acudir al mostrador de control de enfermería para contar lo que había pasado.