El Juzgado de Instrucción número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a ocho meses de prisión efectiva a un vecino de aquella capital como autor de un delito de desobediencia con la agravante de reincidencia, cometido el 15 de abril al saltarse la cuarentena y salir a la calle sin justificación. Lo hizo, según detalla el fallo, pocas horas después de haber sido juzgado por primera vez ante la misma autoridad judicial por hechos idénticos.
El órgano judicial hizo públicas ayer un total de 13 sentencias condenatorias dictadas entre el 16 y el 20 de abril, durante su periodo de guardia, contra ciudadanos denunciados ante la Justicia por las fuerzas del orden por vulneración reiterada de la orden de confinamiento. Las condenas, todas ellas dictadas en juicios rápidos de conformidad, van de multa de 240 euros en el caso más leve a órdenes de prisión, de hasta ocho meses en casos como el del citado reincidente. Al quebrantar la ley con una condena en suspenso, tendrá que cumplir ahora también la primera –cuatro meses-, lo que implica que pasará 12 meses en la cárcel.
La sentencia referida al reincidente declara probado que el acusado compareció el 16 de abril en el Juzgado de guardia de la capital santacrucera, detenido por la autoridad como presunto autor de un delito de desobediencia, y fue condenado a cuatro meses de prisión por no respetar la orden de confinamiento.
Al día siguiente, 17 de abril, volvió a ser trasladado desde sede policial a los juzgados, ya que pocas horas después de salir del juicio en el que se fraguó su primera condena había sido nuevamente sorprendido vulnerando la cuarentena; a las 23.25 horas del mismo 16 de abril, la Policía le sorprendió en una calle de la ciudad “sin alegar causa alguna para su presencia en la vía”.
Ante estas circunstancias, en el segundo juicio el Ministerio Fiscal se opuso a que se suspendiera el cumplimiento de la condena de conformidad, y la autoridad judicial denegó esta suspensión.
El condenado fue ingresado en prisión para cumplir sus dos penas firmes por desobediencia, la de cuatro meses del 16 de abril y la de ocho del 17.
Consejo General Poder Judicial.