El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto que regula el Reglamento de procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía para introducir medidas destinadas a eliminar los obstáculos de acceso y de promoción interna que se encuentran las mujeres dentro de la Policía Nacional.
Todas las medidas se establecen para promover la igualdad real en el seno de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. En la actualidad, tras 43 años de acceso de la mujer a la Policía Nacional, este cuerpo cuenta con un 16,78 por ciento de mujeres.
La medida más destacada de la modificación aprobada es la eliminación del requisito de estatura mínima de acceso a la Policía Nacional, hasta ahora fijado en 160 centímetros, que había sido declarada discriminatoria por el Tribunal Supremo al ser desproporcionada para la mujer respecto a su estatura media. La actual regulación es más restrictiva para la mujer ya que su límite está solo dos centímetros por debajo de la estatura media de las mujeres, mientras que en el caso de los hombres el margen llega hasta los nueve centímetros.
Con este cambio, la Policía Nacional se equipara a otros cuerpos civiles de policía de países europeos, como Francia, Italia -Carabinieri y Polizia di Stato-, Países Bajos, Finlandia, Eslovaquia, Suecia, Noruega, Austria, Irlanda, Reino Unido, Rumanía, Dinamarca y la Policía Federal de Alemania, cuerpos policiales que carecen de requisito de altura para acceder a sus pruebas selectivas.
Los requisitos de estatura mínima solo se mantendrán para ingresar en determinadas unidades especiales (UIP, UPR y GEO), donde la talla afecta a la operatividad de la labor policial específica que desarrollan.