El reconocido abogado valenciano David Morro Cuenca, letrado especialista en derecho de las tecnologías de la información y consultoría de TI, pone de manifiesto en un post en su cuenta de la red social Twitter las limitaciones que tiene la policía a la hora de identificar a una persona detenida, y que en esta ocasión conllevó a la condena en sentencia firme a una persona que se hizo pasar por el casero de su abuela.
Un hecho que dicho así parece irrelevante, si no fuera que la condena se le graba a un inocente, que si no se subsana el error debería “pagar” por un ilícito penal que no ha cometido.
David empieza la narración señalando que tiene un amigo que es funcionario en un Juzgado de Instrucción. Tiene su despacho justo en frente de los juzgados y suele almorzar con él, momento que aprovechan para ponerse al día.
En uno de sus encuentros su amigo le cuenta la última que le pasó en su juzgado, se presenta una persona en el mostrador y le dice que en la última guardia ha sido condenado, pero que realmente no es él el autor, sino una persona que se ha identificado como él. “Imaginaos la cara de mi amigo, por cierto, fue condenado con conformidad, sentencia firme”.
Resulta que el autor es el nieto de la casera de esta persona en cuestión, y se había aprendido los datos del DNI de la víctima de memoria, tuvo acceso ellos porque gestiona el alquiler del piso de su abuela.
Esta persona, el auténtico delincuente, es detenido por la Policía Local y dice que le han robado la documentación, siendo trasladado a la comisaría de la Policía Nacional a identificar. Le toman huellas y se adjunta el boletín de identificación al atestado, y por consecuencia al expediente judicial, el cual, contiene la reseña, huellas etc. y una advertencia, “consta la identidad de quien dice ser…..Fulano de tal”.
Al día siguiente, la persona detenida por la Policía Local, comparece en el juzgado de guardia para celebrar juicio. El Juez le toma declaración como investigado. Cuando le pide el DNI el investigado dice que se lo han sustraído y que interpondrá denuncia. Se conforma con la pena propuesta y su abogado manifiesta que no recurrirán…
Total que sentencia firme, pero a nombre de otro!! Negocio redondo!
Todo esto lo descubre “el verdadero titular” de la identidad y se dirige al Juzgado. Imaginad el perjuicio que se le puede causar… antecedentes penales, pena suspendida, responsabilidad civil si la hubiera, o multa… todo por un delito que no cometió.
Además está opositando, por lo que esto le dejaría fuera. “Mi amigo es un buen funcionario, de los que buscan ayudar y no sólo cubrir el expediente. Así que, previa consulta al Juez, mandó al afectado al Juzgado de Guardia a interponer denuncia, llamó al Juzgado de Ejecutorias para explicar la situación y por qué no iban a remitir el expediente todavía, todo con las resoluciones judiciales oportunas.
El Juez ha incoado Previas por usurpación del estado civil y estafa procesal. “Si esto cae en otro Juzgado, lo más probable es que a esta persona la hubiera tocado recurrir en reforma y esperar… mientras tanto, antecedentes penales y fuera de la oposición”.
Estas cosas pasan por dar por sentadas y por buenas las identificaciones en comisaría. La huella no se compara con la base de datos del DNI, sólo con reseñas policiales anteriores.
¿Debe tener la policía acceso a todas las bases de datos existentes en España para garantizar el buen final de sus investigaciones o diligencias policiales, como es la de garantizar una identificación plena de una persona?
Tengo un amigo que es funcionario en un Juzgado de Instrucción. Tengo el despacho justo en frente de los juzgados y suelo almorzar con él y nos ponemos al día. Os cuento la última que le pasó en su juzgado #hilo
— David M. (@david_eMe86) May 28, 2022